La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), informó que no las empresas deben de cumplir con el pago correspondiente del aguinaldo a sus trabajadores antes del 20 de diciembre, de no hacerlo y se contemplan sanciones de 50 a 500 veces UMA para este tipo de infracciones, y se determina que el trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes.
La Profedet, dio a conocer a La Verdad Noticias que es obligación del patrón pagar el aguinaldo a los trabajadores cada año antes del 20 de diciembre, de conformidad con el Artículo 87 de dicha Ley.
Empresas tienen hastael 20 de diciembre para pagar aguinaldo
En la información que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, proporcionó a La Verdad Noticias, no hay algún artículo en la Ley Federal de Trabajo que las pandemias, fenómenos naturales o inclusive la muerte sea pretexto para no pagar el aguinaldo por parte de las empresas a los trabajadores que es equivalente a 15 días de salario.
Esto luego varias empresas justificarán que por la pandemia del Covid-19 que afectó la economía de varios sectores en Quintana Roo, no podrían pagar el aguinaldo correspondiente a sus trabajadores, por lo que la Profedet, señala que el trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes, esto es, Juntas de Conciliación y Arbitraje Federales o Locales y/o Tribunales Laborales Federales o Locales, y en su caso, los Centros Federal de Conciliación y Registro Laboral.
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Viernes, 11 de diciembre de 2020
Pandemia no exime a empresas de pagar aguinaldo
Además la Profedet, dio a conocer que tanto el aguinaldo como el salario deben pagarse en efectivo y con la moneda en curso legal, no está permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda.
Cabe mencionar que según la información de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo a La Verdad Noticias, que el trabajador renuncia voluntariamente a su trabajo, así como el que fue despedido y si hay algún trabajo que falleció, tiene derecho al pago del aguinaldo, en el último de los casos Las y los beneficiarios podrán solicitar el pago de aguinaldo. Deberán realizar un juicio de designación de beneficiarios y de esta forma se le deberá cubrir el pago de aguinaldo.
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Viernes, 11 de diciembre de 2020
Así es como la Profedet alerta a los trabajadores de Quintana Roo, para que no se dejen engañar si las empresas ponen de pretexto que no ejercerán este pago correspondiente tras la caída de la economía por la pandemia del Covid-19.
FUENTE: La Verdad