A través de un juicio de Amparo, los ciudadanos pueden evitar dar sus datos personales y biométricos para el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) sin quedar sin servicio.
Desde el 17 de abril entró en vigor la reforma que creó el Panaut con el propósito de recopilar información de las personas que tengan línea telefónica en el País, lo que vulnera la protección de datos personales, de acuerdo con un especialista.
El usuario que quiera defenderse contra esta disposición debe promover un juicio de Amparo indirecto, que es el que se da contra un acto de autoridad que violenta los derechos humanos, en este caso la protección de datos personales, explicó Javier Soto, académico de la Escuela de Derecho de la Universidad Panamericana, y abogado litigante.
«Esto es acudir ante un juez de distrito. En el juicio de Amparo, al establecer los conceptos por los cuales se me están violando los derechos por la autoridad, es una autoridad responsable y el juez (…) otorga la suspensión, que quiere decir que las cosas se queden en el estado en que se encuentran y que legalmente no me aplique la reforma (…) hasta que se resuelva el juicio», detalló.
Con esto, las empresas telefónicas no podrán negar el servicio mientras se tenga la suspensión provisional. Después se realizará una audiencia donde se define si se otorga la suspensión definitiva. Si el juicio sale a favor del usuario, no será obligado a entregar la información.
La fecha límite para hacer el proceso es el próximo 31 de mayo.