El tribunal ordenó que se compruebe, casa por casa, que las personas que dieron su firma en apoyo para este ejercicio lo hicieran de forma libre y consciente.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó que la consulta para revocación de mandato se realice el 10 de abril del 2022 y que se compruebe de forma muestral, casa por casa, que las personas que presuntamente dieron su firma en apoyo para este ejercicio lo hicieran de forma libre y consciente.
Además, el tribunal ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) analizar si Morena usó financiamiento público de manera indebida para promover que la ciudadanía vote por una “ratificación” del presidente Andrés Manuel López Obrador.
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En tres proyectos distintos de los magistrados José Luis Vargas, Felipe de la Mata Pizaña e Indalfer Infante Gonzáles, las y los magistrados de la Sala Superior determinaron en definitiva cómo quedarán establecidos los criterios y fechas para realizar la revocación de mandato.
Primero, en la impugnación a cargo del magistrado Vargas que MILENIO adelantó este martes, avalaron por unanimidad que la votación se realice el domingo 10 de abril y no el 27 de marzo, como se planteó de manera inicial, para que se puedan recibir, revisar y validar los cientos de miles de firmas impresas de respaldo para este ejercicio.
En este mismo expediente, tanto Morena como Gabriela Georgina Jiménez, excandidata de ese partido, que pretendían frenar que el INE realizara visitas a domicilio a una muestra de las personas que habrían entregado sus firmas para respaldar este ejercicio, pues consideraban que se trata de “actos de molestia innecesarios por excesivos”.
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Sin embargo, las y los magistrados respaldaron que se trata incluso de una obligación que marca la Ley Federal de Revocación de Mandato para dar certeza y corroborar la autenticidad de las firmas, además, de la preocupación previa de que las firmas en papel han presentado en ejercicios anteriores inconsistencias, como ser de personas que ya murieron o que están en prisión, o que incluso nunca se enteraron de que usaron sus datos personales.
INE investigará si Morena utilizó recursos públicos para promover «ratificación» de AMLO
La Sala Superior ordenó al INE atender la impugnación presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la que acusan a Morena de usar el proceso de afiliación de su partido para promover una “ratificación de mandato” del presidente López Obrador.
El PRD impugnó que el INE desechara su queja, lo que el magistrado Felipe de la Mata Pizaña respaldó por considerar que se analizaron las pruebas presentadas y la autoridad electoral actuó bien, sin embargo, sus pares rechazaron su propuesta al considerar que existe una obligación de indagar este financiamiento.
“En mi opinión, el PRD hace distintas alegaciones que deberían ser analizadas por el instituto porque el mismo INE determinó que los partidos no pueden participar en al recolección de firmas, está expresamente prohibido en los lineamientos ye se planteamiento no fue valorado; otro aspecto que se omite considerar es que el partido denunciante hizo referencia expresa de que Morena y sus dirigentes estaban usando financiamiento público y, si bien es cierto que pueden hacerlo, el tema es que la verdadera pretensión del recurrente era poner en evidencia que los actos denunciados van más allá de promover un ejercicio de participación política al pretender influir en la participación ciudadana y este sí es un tema que no está permitido en la ley”, expuso la magistrada Janine Otálora.
Agregó que hay tuits desde los dirigentes de Morena y sus páginas oficiales como “Debemos reorganizarnos para lograr una movilización histórica que nos garantice el triunfo en la ratificación de mandato” y “seguiremos trabajando en este estado creando comités de defensa para llegar más fuertes rumbo a la ratificación de mandato en 2022”.
Lo que implica “una intervención, y hablan ya de un procedimiento de ratificación de mandato y no como lo establece toda la normatividad, que es revocación”.
El magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón coincidió en que el INE “debe admitir la queja presentada por el PRD e instruir el procedimiento respectivo porque de los hechos anunciados y las pruebas respectivas sí se advierten elementos suficientes para analizar si se actualiza o no una infracción en materia de fiscalización».
TEPJF no puede analizar constitucionalidad de pregunta
Como MILENO adelantó ayer, el magistrado Indalfer Infante Gonzáles presentó un proyecto en el que respaldó que el INE aprobara el diseño de la boleta e incluso consideró valida la pregunta establecida que el PRD impugnó, lo que no fue respaldado por sus pares al considerar que el Tribunal Electoral no tiene facultades para expresarse sobre la constitucionalidad de la pregunta, pues esto le corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El magistrado Felipe Fuentes Barrera explicó que este asunto debía desecharse pues, primero, el INE únicamente aprobó el diseño de la boleta y si la Sala Superior se pronunciaba sobre la constitucionalidad o no de la pregunta, rebasaría sus facultades.
“Al analizar la constitucionalidad de la pregunta, este Tribunal podría entrar en una contradicción”, coincidió el magistrado José Luis Vargas.
Sin embargo, Infante Gonzáles defendió su proyecto con el respaldo del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón y la magistrada Janine Otálora, al sostener que sí hay facultad para pronunciarse sobre si la pregunta es o no contraria a al ley.
«El partido (PRD) alega que la pregunta solamente se siga si se está de acuerdo en que se revoque el cargo de presidencia de la República de la persona que lo ejerce y que las respuestas sean solo sí o no, pero lo otro es en los términos en que lo dijo el legislador que es ‘estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?’ y las posibles respuestas son ‘que se le revoque el mandato por pérdida de confianza’ o ‘que siga en la Presidencia de la República’; aquí no se habla de ratificación», expuso Infante.
Finalmente se desechó el caso por mayoría de votos manteniendo el diseño de la boleta aprobado por el INE pero dejando el pronunciamiento de la constitucionalidad de la pregunta en manos de la SCJN.
Fuente: Milenio