REDACCIÓN MACRONEWS POR RENAN MOGUEL.— Eduardo Galaviz Ibarra, presidente del Observatorio Legislativo Ciudadano, destacó que parecía que la acción emprendida por la XVII Legislatura para atender los resultados de la consulta popular sobre la permanencia de la concesión para AGUAKAN estaba orientada a un momento político electoral, los resultados del inicio de este proceso judicial confirman esta hipótesis, evadiendo dar cumplimiento de consulta ciudadana que fue vinculante.
Advirtió que las facultades de la Legislatura en esta materia están estipuladas en el artículo 75 de la Constitución Política del Estado, que establece en su fracción XXVII “Aprobar o rechazar las concesiones otorgadas por el ejecutivo”.
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Dejó en claro que su ambigua redacción limita al momento de autorización o rechazo inicial del proceso, aun cuando se presenta con un esquema de tiempo pasado. Algo que debe de estar sujeto a una revisión constitucional.
“Lo procedente es la vigilancia del cumplimiento del contrato de concesión otorgado a la empresa Aguakan y para ello el Poder Ejecutivo, representado por el estado y los municipios, tienen y han tenido diferentes momentos para su evaluación y vigilancia, ya que la legislatura que aprobó la ampliación de la concesión dejo estipulado que serán los encargados de la supervisión de la debida operación de la empresa, por lo que CAPA y los propios cabildos municipales son los encargados de revisar y validar los servicios y de no cumplir con lo solicitado informar la Junta Técnica para iniciar el procedimiento de rescisión correspondiente”, afirmó.