El mes de abril, es un mes importante para las personas físicas que deben de presentar su Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues de no realizarla podrían enfrentarse a pagar una gran multa.
Este proceso se podrá realizar a través del portal DeclaraSAT, el cual fue creado para cotejar con el sistema sus ingresos y egresos, revisando las facturas que amparan sus movimientos. Las personas morales tienen del 1 de enero al 1 de abril para realizar esta obligación fiscal. ¿Qué programas sociales se suspenderán en México por veda electoral?
Te decimos En caso de que no realices la declaración, a continuación, te presentamos los posibles escenarios que deberás enfrentar. Asimismo, te compartimos quiénes deben hacerla y que pasa si nunca la has realizado.
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¿Quiénes deben presentar Declaración Anual del SAT? Si nunca has realizado una declaración anual, esto puede deberse a que tu ingreso anual no es alto y tu patrón hace este ejercicio. En caso contrario, si tienes ingresos superiores a $400,000, debes hacer tu Declaración Anual y en caso de no realizarla serás acreedor a diferentes multas.
Supuestos que señalan cuándo se debe cumplir con esta obligación fiscal:
-Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año. Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos.
-Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.
-Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate. Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales. Si obtuviste otros ingresos acumulables
-Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
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¿Cuál es la multa por no presentar la Declaración Anual?
Para conocer cuál es la multa por no cumplir con esta obligación fiscal, se debe revisar el ANEXO 5 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2024, en el artículo 82, en este se menciona que la cantidad a pagarse por multa de mil 810 pesos a 22 mil 400 pesos, dependiendo de las declaraciones. «De $1,810.00 a $22,400.00, tratándose de declaraciones, por cada una de las obligaciones no declaradas.
Si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de aquélla, declarando contribuciones adicionales, por dicha declaración también se aplicará la multa a que se refiere este inciso.»
Fuente: Medio tiempo