Rolando Silva Briseño, del Colegio de Contadores Públicos de México, informó en ‘Aristegui en Vivo’ sobre las nuevas sanciones para empleadores que excedan las jornadas laborales legales. Desde el 7 de junio, la Ley General para Prevenir la Trata de Personas considera explotación cualquier jornada que exceda las 8 horas diarias, imponiendo multas de hasta 500 mil pesos pesos y penas de cárcel de hasta 12 años, protegiendo especialmente a trabajadores de comunidades indígenas y afro mexicanas.
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El pasado 7 de junio entraron en vigor nuevas sanciones que incluyen multas y penas de cárcel para los empleadores que obliguen a sus trabajadores a laborar más horas de las establecidas por la ley, que van desde los dos mil hasta los 5 millones de pesos o cárcel de hasta 12 años, en casos con agravantes.
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La modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación, dijo, incorpora la explotación laboral dentro de los alcances de la ley contra la trata de personas, además establece sanciones para los patrones que “otorguen a los trabajadores jornadas que vayan más allá de lo que prevé la ley“.
Recordó que la Ley Federal del Trabajo define la jornada laboral con un límite general de ocho horas diarias y siete y media para jornadas nocturnas, aunque la ley permite excepciones en casos de emergencia que no pongan en riesgo la vida de los trabajadores, cualquier exceso debe ser remunerado adecuadamente.
“Puedo excederme a la jornada si hay un peligro inminente que ponga en riesgo la vida de los trabajadores, la prevalecencia del negocio y en este caso pues se va a tener que pagar de una forma, solamente hay que remunerar.”.
Silva Briseño destacó que el incumplimiento de estas disposiciones puede llevar a obtener multas que van de los 2 mil pesos, 500 mil o 5.4 millones de pesos, con agravantes para casos que involucren a comunidades indígenas o afro-mexicanas, donde las sanciones pueden llegar hasta 760 mil pesos.
Silva Briseño destacó que esta nueva normativa se aplica independientemente del consentimiento del trabajador para laborar horas extras, ya que la ley no permite la renuncia a derechos laborales fundamentales.
“El trabajador no puede renunciar a parte de su salario, a su aguinaldo ni a la jornada laboral permitida”, subrayó Silva Briseño.
La inclusión de jornadas laborales excesivas como un supuesto de explotación laboral considerada en la legislación mexicana, refuerza la protección de los trabajadores frente a prácticas abusivas, concluyó Rolando Silva Briseño quien dijo que estas modificaciones legales afectan tanto a empleadores como a trabajadores.
Fuente: https://aristeguinoticias.com/2806/mexico/empleadores-recibiran-multas-de-hasta-5-mdp-y-12-anos-de-carcel-por-abusar-de-horas-extra/