CHETUMAL, 8 de marzo.- El pasado 17 de febrero, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), contra la Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y Limitación de Dominio del Estado de Quintana Roo promovida por el gobierno estatal y publicada en el Periódico Oficial de la entidad el 16 de enero de 2025.
En este sentido, el Consejero Jurídico del Gobierno Carlos Felipe Fuentes Del Río, emitió un comunicado dando a conocer que han presentado una nueva iniciativa de reformas, la cual se construyó de manera consensada y atendiendo las diversas observaciones y comentarios efectuados en las mesas de trabajo que se instalaron y en las que se priorizó el diálogo y el poder escuchar a todas las voces.
Explica que para emitir una propuesta que precise de forma puntual el marco de actuar de la autoridad y otorgue a las y los ciudadanos, certidumbre jurídica, en las mesas de análisis participaron el Consejo Coordinador Empresarial del Caribe, el Consejo Hotelero, la Barra Mexicana Colegio de Abogados y Asociación de Clubes Vacacionales de Quintana Roo A. C., con quienes llevaron a cabo una reflexión y una auto evaluación para integrar el proyecto de modificación a la ley anterior que fue avalada por la legislatura local y que se presentó el pasado 26 de febrero.
El funcionario, precisa que velar por la perfectibilidad de las leyes garantizando el respeto de los derechos humanos, es y será siempre prioridad de la actual administración y así lo han expuesto en el documento enviado al Poder Legislativo.
Lo anterior, por la demanda identificada con el expediente 31/2025 y que está firmada por la Ombudsperson María del Rosario Piedra Ibarra, que cuestiona ocho de las 25 causales de utilidad pública establecidas en la ley, argumentando que son ambiguas y podrían permitir expropiaciones discrecionales y arbitrarias, además de que asegura que dichas disposiciones, vulneran la Constitución Política de México, en sus artículos 14, 6 y 27, así como diversos preceptos de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, de obligatorio cumplimiento para Quintana Roo.
La CNDH advertió que al establecer como causa de utilidad pública la “promoción de inversiones privadas” en la fracción XXV del artículo 11, esto podría dar pie a expropiar propiedades particulares para beneficiar a empresarios, desvirtuando el propósito de las expropiaciones, que deberían atender el interés general y no el lucro privado y que las expropiaciones urgentes sin derecho a audiencia, también es una vulneración al debido proceso.Por lo que el organismo defensor de los derechos humanos, ha solicitado a la SCJN la anulación parcial de los artículos señalados, con el objetivo de garantizar la protección del patrimonio y la seguridad jurídica de los habitantes de Quintana Roo.