Si te han prohibido el acceso a una playa en México, déjanos decirte que ni una empresa ni un propietario privado puede restringir estos pasos hacia el mar, ya que son considerados lugares de uso común. Así que si lo hacen, y no hay otro acceso público cercano, puedes solicitar apoyo de la policía municipal o interponer una denuncia.
“Las playas tienen el carácter de bienes nacionales y tiene el carácter de uso común, lo que implica que cualquier persona puede hacer actos de uso sobre ellas mismas como caminar, acostarse, pasear o sentarse”, explicó Yuri Pavón Romero, director del seminario de Derecho Administrativo de la UNAM.
Desde 2020, el artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacionales (LGBN) señala que los accesos a las playas “no podrán ser inhibidos, restringidos, obstaculizados ni condicionados salvo en los casos que establezca el reglamento”.
Sin embargo, a cinco años de esa reforma, el Operativo Nacional de Ecosistemas Costeros y Playas Turísticas aún retira mobiliario que restringe el libre paso hacia el mar. Y en estados como Yucatán y Baja California Sur continúan denuncias por el cierre ilegal de los accesos.
Esto, a pesar de que la propia presidenta de México, Claudia Sheinbaum, explicó que los permisos para construir no otorgan el derecho a restringir la playa. “Eso no sólo sería ilegal, sino que además es discriminatorio”, detalló en su conferencia matutina del 10 de abril.
¿Qué hacer si te prohíben el acceso a una playa?
Se puede acceder a la playa a través de vías públicas que conectan con la zona marítima. En caso de no existir una calle o un paso público, los propietarios de terrenos colindantes al mar están obligados a permitir el paso “a través de los accesos que para el efecto convenga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales con los propietarios”, de acuerdo con el artículo 127 de la LGBN.
“Las personas deben de conocer absolutamente su derecho y reconocer que las playas son de la población, que nadie puede imponer limitaciones. Entonces, primeramente debe mostrarse firme y exigir el paso a la zona respectiva. Posteriormente, hacer ver a quien impide el paso que incluso la Constitución y la Ley Nacional de Bienes Nacionales lo autorizan y que pueden disponer del espacio de la playa. Si no, auténticamente acudir con una autoridad”, recalcó Pavón Romero.
En esto coinciden tanto Ángel Edoardo Ruiz Buenrostro, profesor adscrito al Departamento de Derecho Público de la Universidad de Guadalajara, como la propia Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).
“Aquella persona que se sienta afectada debería denunciarlo. En primer lugar podríamos hablar de una denuncia municipal, hablar a la policía para que de ahí se escale en cuanto al nivel de seriedad que se requiera”, detalló Ruiz Buenrostro.
También es posible denunciar si una empresa o persona quiere cobrar o prohibir el acceso a una playa a través de la página “Haz tu denuncia” de la Profepa, con un correo electrónico a denuncias@profepa.gob.mx, en el número 800 PROFEPA (7763372) o de forma presencial en las oficinas locales de la procuraduría, que puedes consultar aquí.
La Profepa solicita que la denuncia contenga principalmente:
- Nombre, domicilio, número telefónico y correo electrónico.
- Los actos que se denuncian.
- Lugar de los hechos denunciados y datos que permitan identificar al presunto infractor, con la mayor precisión posible.
- Fotografías, videos o documentos.
En caso de que lo necesites, también puedes solicitar anonimato en tu denuncia y los medios de contacto por los que quieres ser notificado.
Comunidades ejidales o indígenas también han optado por el amparo ante restricciones de acceso que imponen desarrollos, hoteles o balnearios, de acuerdos con los especialistas.
Sin embargo, Ruiz Buenrostro destacó que las opciones de denuncia pueden ser tardadas y que las autoridades podrían mejorar la inmediatez del acceso público, la vigilancia constante de los accesos a la playa y una mayor integración en los diferentes niveles de gobierno.
“Si estás de vacaciones, vas a una playa o quieres estar ahí y te lo impiden de facto, de nada te sirve un amparo tres años después o de nada te sirve que multen a la empresa independientemente del tiempo que le pongan, te sirve que quiten el obstáculo y que te hagan caso”, explicó.
Las multas a titulares de concesiones o propietarios que eviten el paso hacia las playas están establecidas en el artículo 154 de LGBN y van de las 3 mil a las 12 mil Unidades de Medida de Actualización (UMA), es decir, de 339 mil 420 a 1 millón 357 mil 680 pesos.
¿En qué casos sí te pueden prohibir el acceso a una playa?
Hay casos en los que las autoridades sí pueden restringir el acceso a las playas y están relacionadas con temas de protección civil y seguridad nacional.
“Sabemos perfectamente que pueden haber llamadas de seguridad porque a lo mejor el mar está muy bravo o las perspectivas meteorológicas pueden decir que es peligroso. Ahí sí te pueden restringir en algún momento por seguridad del orden común. Además, por una cuestión de seguridad nacional, desde luego, pero hablamos de casos muy extremos como para que pudiera haber una prohibición de este tipo”, explicó Pavón Romero.
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Los especialistas destacaron que la restricción de los accesos sólo puede enfrentarse con una vigilancia adecuada de los pasos a la playa y con un conocimiento de los usuarios acerca de sus derechos.
Fuente: El Sabueso