CANCÚN, MX.- Mediante un acuerdo entre el Consejo Nacional de Población (Conapo) y el Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo (Imoveqroo), a partir de hoy, “el Imoveqroo adoptará la CURP como elemento de identificación individual en los registros de los usuarios, en los casos que resulte aplicable conforme al presente instrumento jurídico y su Anexo Técnico”, informa hoy la Secretaría de Gobernación del gobierno de México.
La publicación, hecha hoy en el Diario Oficial de la Federación, especifica que el convenio de Coordinación es celebrado con la Secretaría de Gobernación y el Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo (Imoveqroo), para promover la adopción, el uso y la certificación de la Clave Única de Registro de Población (CURP), entre los usuarios del Imoveqroo, ya sean de servicio público o privado.
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El seguimiento de las acciones del acuerdo entre el Registro Nacional de Población y el Instituto de Movilidad de Quintana Roo, lo deberán realizar la persona Titular de la Dirección de Control de Licencias y Enlace con los Municipios y Agrupaciones y/o la persona Titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos y Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.
En ese contexto, “las partes” acordaron la protección de los datos personales de los solicitantes de licencias en el Estado de Quintana Roo, para lo cual se obligan a tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del presente instrumento jurídico; abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte.
Asimismo, se acordó implementar las medidas de seguridad conforme a la LGTAIP, la LGPDPPSO y demás disposiciones aplicables; guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación; abstenerse de transferir los datos personales a persona física o moral diversa a las que intervienen en la suscripción del presente instrumento jurídico ya sea instituciones del sector público del ámbito federal, estatal y municipal, entendidas como las dependencias, entidades, órganos y organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, u órganos autónomos, o a las instituciones nacionales y extranjeras del sector privado o financiero, dentro del territorio nacional o fuera de éste.
El convenio también señala que las partes deben abstenerse de autorizar, participar, ejecutar o permitir el uso de los Servicios CURP a ninguna institución del sector público del ámbito federal, estatal y municipal, entendidas como las dependencias, entidades, órganos y organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial u órganos autónomos, o a las instituciones nacionales y extranjeras del sector privado o financiero que no intervengan en el presente Convenio de Coordinación.
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“Lo anterior, debido al reconocimiento expreso de que los Servicios CURP son para uso exclusivo de las atribuciones del Imoveqroo. El presente instrumento jurídico tendrá una vigencia a partir de su suscripción y hasta el 30 de septiembre de 2030”, concluye.