La lucha contra las invasiones de viviendas en el Estado de México dio un paso firme con la publicación de reformas al Código Penal local. A partir de mañana 16 de julio, quienes incurran en el delito de despojo de inmuebles enfrentarán hasta 25 años de prisión y multas de hasta mil 500 días.
Así lo estableció la gobernadora Delfina Gómez Álvarez en la Gaceta de Gobierno, donde se busca por medio del endurecimiento legal frenar un problema que ha ido en aumento, impulsado por grupos organizados que despojan ilegalmente a familias enteras de sus casas.
Con esta reforma, el delito se convierte en grave, por lo que no habrá libertad bajo fianza y los implicados deberán permanecer en prisión hasta la resolución del proceso.
Todos serán castigados
No solo serán sancionados quienes ocupen directamente una vivienda. La reforma también contempla castigos para las autoridades, autores intelectuales y servidores públicos que participen en el acto o lo encubran.
Se impondrán penas de entre 10 y 17 años de cárcel a quienes organicen, ordenen o faciliten el despojo de un inmueble, además de multas económicas. En caso de que el acto sea perpetrado por dos o más personas, se aplicarán sanciones individuales, sin importar si existe participación directa en el sitio de la invasión.
También castigarán el despojo de agua
Las reformas también tipifican como delito el uso ilegal de aguas que no pertenezcan al infractor. Quienes realicen este tipo de despojo podrían pasar de 5 a 10 años en prisión y pagar hasta mil días de multa.
Cuando el acto ocurra en áreas naturales protegidas, parques municipales o zonas de conservación ambiental, la pena será de 7 a 12 años de prisión, además de multas económicas adicionales.
Más castigo si hay violencia
La ley contempla agravantes que podrían elevar las penas hasta en una mitad más si se utilizan medios violentos o se aprovechan circunstancias particulares como:
- Violencia física o moral.
- Rompimiento de cerraduras o forzado de puertas.
- Engaño o abuso de confianza.
- Si la víctima es menor de edad, persona mayor de 60 años, embarazada, con discapacidad o perteneciente a pueblos indígenas.
- Uso de documentos falsos o suplantación de identidad.
- Participación de notarías públicas o funcionarios estatales o municipales.
La reforma también aclara que este delito se perseguirá sin importar si el derecho de posesión está en disputa.