Redacción Macronews | Por Renán Moguel.– A poco más de un mes de concluir el ejercicio fiscal 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las y los contribuyentes que aún pueden aprovechar deducciones personales en su declaración anual.
El organismo recaudador subrayó la importancia de revisar las facturas de los gastos que se desean deducir, verificando que cumplan con los requisitos fiscales para que el beneficio sea válido y se refleje correctamente en la declaración.
Entre las condiciones que deben cumplirse, el SAT explicó que:
- Se debe contar con factura electrónica por cada servicio o producto.
- El RFC del contribuyente debe estar correctamente registrado.
- El tipo de servicio en el comprobante debe coincidir con el adquirido.
- El pago debe realizarse por transferencia, tarjeta o cheque nominativo a nombre de quien hará la deducción.

Asimismo, detalló que los gastos deducibles incluyen:
- Gastos médicos y hospitalarios, funerarios, colegiaturas y transporte escolar.
- Donativos, primas de seguros de gastos médicos mayores.
- Créditos hipotecarios y aportaciones voluntarias para el retiro o el ahorro.
Sin embargo, el SAT precisó que el monto total de las deducciones personales no debe exceder de cinco UMA anuales o el 15% de los ingresos totales, lo que resulte menor.

Además, aclaró que las personas físicas que tributen o hayan tributado en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) no pueden aplicar deducciones personales.























