Redacción Macronews.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la lista completa de gastos deducibles de impuestos para el ejercicio fiscal 2026, dirigida a personas físicas que tributan bajo el Régimen General de Ley. Estas deducciones permitirán a los contribuyentes reducir su carga fiscal en la declaración anual, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
Es importante destacar que quienes se encuentren inscritos en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) no podrán aplicar deducciones personales, independientemente del concepto o monto.
Entre los gastos que podrán deducirse se encuentran:
- Gastos médicos y hospitalarios, incluyendo honorarios de especialistas, dentistas, psicólogos, nutriólogos, estudios de laboratorio, medicamentos adquiridos en hospitales y servicios de hospitalización.
- Gastos funerarios, destinados a cónyuges, padres, abuelos, hijos o nietos, siempre dentro de los topes fiscales.
- Donativos a organizaciones civiles e instituciones autorizadas por el SAT.
- Primas de seguros de gastos médicos, contratados para el contribuyente o sus dependientes económicos.
- Colegiaturas y transporte escolar obligatorio, en instituciones privadas con reconocimiento oficial.
- Intereses reales por créditos hipotecarios, otorgados por instituciones financieras, Infonavit o Fovissste, para adquisición de casa habitación.
- Aportaciones voluntarias para el retiro, realizadas en Afores, planes personales de retiro o cuentas especiales autorizadas por la Consar.
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El tope máximo de deducciones en 2026 será el menor entre el 15% de los ingresos anuales acumulables o el equivalente a cinco veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anualizada. Con base en la UMA diaria de 2025 (108.57 pesos), el límite aproximado será de 198,144 pesos anuales, cifra que se ajustará en enero de 2026.
Para que un gasto sea válido como deducción personal, el SAT exige:
- Factura electrónica (CFDI) con datos fiscales correctos.
- RFC correcto a nombre del contribuyente.
- Pago con medios electrónicos (tarjeta de crédito, débito, transferencias o cheque nominativo).
- Comprobante completo y verificable, especialmente en seguros, créditos hipotecarios y aportaciones para el retiro.

El SAT recomienda a los contribuyentes solicitar factura en todos los gastos deducibles, evitar pagos en efectivo, llevar un control mensual de comprobantes y verificar que los pagos estén correctamente registrados. Una adecuada organización permitirá presentar una declaración más clara y con mayores posibilidades de obtener un saldo a favor.






















