REDACCION MACRONEWS.- En una decisión trascendental para la estabilidad económica de la clase trabajadora, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que los patrones podrán suspender de forma provisional los descuentos al salario destinados al pago de créditos del Infonavit cuando el empleado se encuentre incapacitado o ausente por motivos de salud.

La resolución busca corregir una laguna en la Ley del Infonavit que, hasta ahora, obligaba a mantener los cobros incluso cuando el trabajador no percibía ingresos debido a una condición médica avalada por el IMSS. Según el Máximo Tribunal, esta medida otorga certeza jurídica y evita que los empleados caigan en un «limbo» financiero, donde la falta de pago generaba deudas acumuladas de forma automática, intereses moratorios y daños severos al historial crediticio sin que el trabajador tuviera control sobre la situación.
Con este fallo, si no hay salario base de por medio, el patrón queda exento de realizar la aportación y el descuento, protegiendo al trabajador de caer en mora por causas ajenas a su voluntad. De esta manera, el beneficiario conserva su derecho a la vivienda y mantiene un historial limpio mientras dure su recuperación, garantizando que una crisis de salud no se convierta, simultáneamente, en una crisis patrimonial irreversible.
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