* Podrán partidos elegir al candidato o candidata de su conveniencia
Por fin se despeja la incógnita: los partidos políticos y alianzas podrán designar, en los municipios de Benito Juárez, Solidaridad y Othón P. Blanco, al candidato o candidata que mayor rentabilidad les brinde en las urnas el próximo 5 de junio.
Lo anterior, luego de que esta noche los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaran los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral que pretendían obligar a los partidos políticos a cumplir con los principios de paridad de género en las 12 entidades federativas con procesos electorales este año, lo cual el Tribunal consideró «un exceso» en las funciones del INE.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, los magistrados argumentaron que el INE no tiene facultades para legislar, y que si bien la intención era positiva, rebasaron sus atribuciones y, además, lo hicieron de forma extemporánea. Por lo tanto, resolvieron revocar la obligatoriedad de paridad de género en los 12 estados donde habrá elecciones este año, entre ellos Quintana Roo.
“No damos un solo paso atrás para promover la paridad de género, pero la forma en que el INE quiso garantizar ese principio fue desafortunada, porque se excedió en sus facultades”, detallaron los magistrados poco antes de la medianoche de este jueves.
De acuerdo con la mayoría de los magistrados, el INE consideró medidas sobre las que el TEPJF aún no se pronuncia; por ejemplo, la disposición de que cuando las candidaturas sean número impar (en municipios o cabildos) el número mayoritario de postulaciones deberá corresponder al género femenino.
Con esta resolución, el gran ganador en Quintana Roo sería el diputado federal con licencia, Remberto Estrada Barba, quien estaría asegurando la candidatura para la Presidencia Municipal de Benito Juárez.
En tanto, en Othón P. Blanco, el legislador local, Pedro Flota Alcocer, habría dejado ir la oportunidad para encabezar la candidatura por la alcaldía capitalina, al no arriesgar y separarse del cargo tal y como lo establece la Ley Electoral, que lo establece 90 días antes del proceso electoral.
Ahora dependerá de cada partido político aplicar la paridad de género en la designación de candidaturas para los comicios del 5 de junio.
Fuente: Jorge Castro, Comunicación Digital