La doctrina jurídica clásica concibe al fuero como aquella prerrogativa de senadores y diputados, así como de otros servidores públicos contemplados en la Constitución, que los exime de ser detenidos o presos, excepto en los casos que determinan las leyes, o procesados y juzgados sin previa autorización del órgano legislativo al que pertenecen: Parlamento, Congreso o Asamblea. El término es de uso coloquial o común y suele utilizarse como sinónimo de inmunidad.
El fuero o la inmunidad se entiende también como un privilegio conferido a determinados servidores públicos, para mantener el equilibrio entre los poderes del Estado en los regímenes democráticos, y salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin fundamento.
En el caso de la responsabilidad civil de los legisladores no se requiere del procedimiento de declaración de procedencia, ya que en cuanto particulares, se les podrá demandar por la realización u omisión de actos o el incumplimiento de obligaciones señaladas en el Código Civil, los cuales siempre tienen una obligación reparadora o bien el otorgamiento de una indemnización.
La eliminación del fuero es una demanda de una sociedad que cada día exige a los servidores públicos y representantes populares mayor transparencia, rendición de cuentas y honestidad.
La eliminación del fuero, junto con la creación de los sistemas nacionales de transparencia y anticorrupción, son las medidas necesarias para recuperar la confianza de los ciudadanos en las instituciones del Estado mexicano”, el fuero “poco ayuda y genera impunidad” a la rendición de cuentas, ya que el ciudadano entiende a esta figura, de la cual gozan los altos funcionarios públicos y representantes populares, “como impunidad y no como una herramienta para cumplir adecuadamente con sus funciones”.
La inmunidad constitucional consiste en que, durante el proceso penal, el servidor público pueda seguir desempeñando sus funciones, como ocurre con cualquier acusado en libertad bajo fianza.
Es necesario construir un punto medio en torno al dilema que representa, por un lado, la protección de las instituciones públicas en contra de ataques políticos y, por otra parte, la eficacia en el control del ejercicio del poder mediante un sistema eficiente de responsabilidad de los servidores públicos.
la reforma constitucional en materia de inmunidad de servidores públicos, aprobada por el Senado el 1 de diciembre de 2011, buscó garantizar la aplicación estricta de la justicia, combatiendo la corrupción y evitando la impunidad de éstos, pero sin exponerlos a los vaivenes de la política que pueden ser causa de la acusación infundada.
Además, se estableció que cualquier acusación sea formal y que, a partir del ejercicio de la acción penal, se abra el procedimiento judicial para todos los altos servidores públicos, sin que pudiera suspenderse por el fuero.
La eliminación del fuero y la creación de los sistemas nacionales de transparencia y anticorrupción son la trípode para recuperar la confianza de los ciudadanos en las instituciones del Estado.