La Ley para La Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Quintana Roo creada por el ex gobernador, Roberto Borge Angulo, en 2015, y que fue impugnada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) será modificada por la XV Legislatura, prevén la realización de foros de consulta para obtener propuestas que la mejoren.
En mayo la Comisión de Derechos Humanos, presidida por Eugenia Solís Salazar, presentará la iniciativa de ley para reformar la Ley para la Protección de Periodistas y Defensores de Derechos Humanos, pero antes entregará un borrado al gremio periodístico, organizaciones civiles para su discusión y análisis a través de foros de consulta y mesas de trabajo.
“Todos sabemos que la Ley aprobada en 2015 fue una mera simulación por parte de la administración anterior, pues era discriminatoria y violatoria de los Derechos Humanos. En primer lugar, porque excluía de la categoría de periodistas a todos aquellos que no ejerzan el periodismo de manera constante. También realizaremos mesas de trabajo para escuchar todas las voces, pues no se puede hacer una ley que defienda la libertad de expresión, si antes no tomamos en cuenta las expresiones de todos los ciudadanos”, dijo la legisladora.
De acuerdo con el Observatorio Laboral (OLA) de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) hay en el estado tres mil 346 personas que ejercen periodismo y comunicación de los cuales 57.8 por ciento son hombres y 42.2 por ciento son mujeres.
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La ley de periodistas fue promovida por el ex gobernador, Roberto Borge Angulo, en 2015, y aprobada por la XIV Legislatura en agosto de ese año con el presunto objetivo de proteger a los periodistas y activistas en el estado.
Sin embargo, la también llamada “Ley Borge”, fue impugnada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJ) porque violenta el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la no discriminación, la seguridad jurídica y el principio pro persona. La SCJ declaró la nulidad de varios de los artículos de la ley y ordenó al congreso local corregirla, lo cual no sucedió y el marco legal permanece tal y como fue aprobado.
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Algunos de los artículos impugnados son con referencia al concepto de libertad de expresión, el concepto de periodista, además de que la ley señala que el periodista debe estar acreditado para dar cobertura a eventos o actos de interés, es decir, se interpreta que en el caso de periodistas independientes resulten discriminados porque la ley separa a los que laboran para un medio y quiénes no.
FUENTE: LUCES DEL SIGLO