CANCÚN, Q. ROO.- En su afán por recaudar fondos para la administración municipal, el Ayuntamiento de Benito Juárez incurrió en actos inconstitucionales al invadir facultades que competen únicamente a la Federación en materia de cobro por permisos para anuncios espectaculares, resolvió la justicia federal.
El gobierno morenista que encabeza María Elena Hermelinda Lezama asumió funciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), al exigir el pago de permisos por varios anuncios espectaculares propiedad de la empresa Bilboards de la Riviera S.A. de C.V. ubicadas sobre una vía general de comunicación bajo jurisdicción del gobierno federal.
Pero la justicia federal consideró que reclamar un supuesto adeudo municipal (a través de un aviso oficial, el 29 de octubre de 2019), con la advertencia de retirar las estructuras metálicas para dar supuesto cumplimiento al Reglamento de Anuncios y Publicidad Municipal de Benito Juárez, Quintana Roo, fue un acto a todas luces inconstitucional.
Otro exceso cometido en este caso por la dirección de Imagen Urbana y Vía Pública que encabeza Mario Cámara, consistió también en amagar con la demolición de las 11 estructuras metálicas instaladas en la carretera federal 307, tramos Reforma Agraria-Puerto Juárez (del kilómetro 355+400 al 358+400 y del 339+900 al 355+400), a cuya vía se le conoce como el Boulevard Luis Donaldo Colosio, a la altura de la colonia Alfredo V. Bonfil.
El funcionario municipal responsable hizo evidente su profundo desconocimiento de la Ley Federal de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, al alegar que actúo “en virtud de que los mismos (espectaculares) se encuentran ubicados en la vía que pertenece al Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, y no contaban con los permisos municipales vigentes…”.
La empresa afectada evidenció lo contrario en el juicio de amparo indirecto 1563/2019-VI cuyo recurso fue admitido por el Juez Tercero de Distrito el 2 de diciembre pasado y resuelto recientemente.
En el análisis de este caso, la juez Ana María Nava Ortega estableció que el gobierno municipal “no es autoridad competente para regular ni sancionar anuncios instalados en zonas aledañas a una vía general de comunicación”.
Y enfatizó que esta autoridad municipal carece de competencia formal y material para otorgar permisos o concesiones con relación a la colocación de anuncios, pues es una atribución del Ejecutivo Federal, a través de la SCT.
Según el expediente 31/2019 de la Unidad Jurídica de la SCT, la empresa afectada es permisionaria de 11 anuncios espectaculares que fueron inspeccionados y contaron con el aval del jefe de la Unidad Jurídica, al cumplir los requisitos legales. La misma empresa tiene otros cinco anuncios en otras ubicaciones del municipio de Benito Juárez.
El control publicitario de la SCT en tramos municipalizados se debe a que convenios suscritos con el gobierno del Estado y los presidentes municipales de Benito Juárez y Solidaridad, únicamente autorizan la injerencia local en materia de conservación, vigilancia y regularización de tránsito.
La Federación, en cambio, se reservó como una facultad única la inspección y vigilancia del autotransporte federal, concesiones, permisos e instalación de anuncios, según un documento firmado el cuatro de junio de 2003.
La misma empresa moral promovió un procedimiento idéntico en 2017, cuando el gobierno de Puerto Morelos intentó hacer efectiva la misma regulación con 25 anuncios espectaculares instalados en la carretera federal 307, en los tramos Cancún-Tulum y Cancún-Leona Vicario.
Aquel caso se dirimió ante el Juez Cuarto de Distrito, Ricardo Ruiz del Hoyo Chávez, quien dio la razón a la misma empresa, pese la justificación municipal de que “la carretera federal 307 atraviesa por la circunscripción territorial de ese municipio”, según consta en la sentencia de amparo indirecto 506/2017.
FUENTE: Luces del Siglo