El día de ayer fue la fecha límite que tenían las empresas y jefes para pagar el aguinaldo a sus empleados, el cual debe ser cuando menos de 15 días de salario, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajador.
Al respecto, Enoel Isaías Pérez, Delegado Federal del Trabajo en Q. Roo, exhorto a los trabajadores que no han recibido esta prestación de ley, a acudir a las instalaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS) y la Procuraduría Federal de Defensa del Trabajo (PROFEDET) para realizar su denuncia.
“Todo trabajador tiene derecho al aguinaldo, sea vendedor de seguros, trabajador eventual, incluso si se dejó de trabajar en la empresa antes de diciembre, si no se cobró en el momento de la liquidación pueden ir a la empresa a solicitarlo”
Para finalizar menciono que las empresas que no cumplan a tiempo son acreedoras a multas que van desde los 50 hasta 5 mil salarios mínimos equivalente a más de 350 mil pesos.