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Home zColumnistas Cíclope Juarista

¿Veda electoral?

by MACRONEWS
2016/06/01
in Cíclope Juarista, zColumnistas
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Conducir alcoholizado debe ser delito grave
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Las redes sociales serán usadas para violar la veda electoral…

Jose M Ramirez - Ciclope Juarista

Las redes sociales serán usadas para violar la veda electoral e, incluso, llamar a votar por algún partido político, «Hay partidos y candidatos que utilizan estas tecnologías para transgredir la veda electoral. Se dejó la vía abierta para que el domingo 5 de junio cualquiera pueda incitar a votar por un partido o candidato», El Instituto Nacional Electoral aprobó que en el primer minuto de este jueves 2 de junio inicie el período conocido como veda electoral establecido como un espacio de reflexión para que los votantes determinen por quién votarán en la elección del 5 de junio.

Se conoce como veda electoral al período en el cual rigen diversas prohibiciones legales vinculadas a la propaganda política ante la inminencia de elecciones. Lo habitual es que la veda electoral comience algunos días antes del sufragio y concluya unas horas después, con el objetivo de dejar el tiempo necesario para que los ciudadanos puedan reflexionar y decidir su voto sin influencias.

Otra normativa de la veda electoral es la prohibición de venta de bebidas alcohólicas, para evitar que se pueda tentar a los votantes con alcohol y que, de esta forma, terminen sin acudir a emitir su sufragio por no encontrarse en condiciones.

La veda implica el fin de las campañas y que durante los tres días previos a la elección no se pueda difundir propaganda política o electoral, no se realicen reuniones o actos públicos de campaña, no se difundan encuestas ni sondeos que midan las preferencias electorales.

Solo se podrán difundir campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

En estos tres días de veda los candidatos y partidos deberán retirar la propaganda electoral que se encuentre en un radio de 50 metros de los lugares donde se instalarán las casillas electorales.

¿Qué está permitido?

Cobertura noticiosa y análisis respetando el principio de equidad.
Difusión de campañas de información de las autoridades electorales.
Difusión de campañas de información de servicios educativos y de salud.
Difusión de campañas de información necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

¿Cuándo pueden volver a difundirse resultados de encuestas?

Los resultados de encuestas o sondeos elaborados el día de la elección podrán hacerse públicos a partir de la hora del cierre oficial de las casillas en todo el estado, a partir de las 8 de la noche.

Ahora bien, no existe ningún tipo de regulación digital en campañas electorales. Y esto nos lleva a otra máxima: lo que no está explícitamente prohibido, está permitido. Y más en comunicación digital.

Estos vacíos legales han dado pie a que las campañas de algunos partidos se hubieran aprovechado, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que regula todos los procesos electorales en México y fue aprobada en mayo del 2014, no contempla ningún artículo o apartado que regule la actuación de los partidos o campañas políticas en entornos digitales.

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