Una reforma al Código Civil local, impedirá que estos documentos cuenten con un periodo de vigencia.
En Quintana Roo, las actas de nacimiento ya no tendrán fecha de vigencia. Recientemente, los diputados de la legislatura 17 del Congreso local aprobaron una reforma al Código Civil para garantizar que estos documentos expedidos por el Registro Civil mantengan su validez como prueba de identidad.
La bancada del Partido del Trabajo (PT) ha sido la encargada de impulsar esta reforma que busca adicionar un artículo 639 bis al Código Civil en el que se establece que las actas de nacimiento y copias certificadas de las mismas expedidas a través de las oficialías del Registro Civil estatal.
Una de las promoventes de la iniciativa presentada desde el 8 de marzo del 2023, la diputada Alicia Tapia Montejo, destacó que la reforma conlleva un beneficio para las diferentes familias quintanarroenses que habitan en las comunidades más abandonadas del estado.
“Es importante recalcar que esta iniciativa nació a petición sobre todo de las comunidades que tienen un gasto de traslado, un gasto de alimentación y el gasto de este trámite que es necesario para diferentes dependencias. Considero que como legislatura nos llevamos una estrella, porque estamos ayudando a muchas familias quintanarroenses a ahorrarse un dinero”.
Agregó que, actualmente una de las grandes problemáticas con las que se tiene que lidiar por parte de la ciudadanía, es la práctica común de las diversas instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno y de instituciones privadas que solicitan para ciertos trámites actas de nacimiento con determinado periodo de expedición, atentando en contra del ejercicio del derecho a la identidad.
“A lo largo y ancho del estado de Quintana Roo mucho se ha hecho la petición en diferentes municipios, sobre todo para que los grupos vulnerables no tengan que desembolsar un recurso necesario para la alimentación en actas de nacimiento que lo piden en diferentes instituciones”.
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Tras ser sometida a votación durante la última sesión ordinaria del Congreso, la propuesta obtuvo una resolución aprobatoria con 19 votos a favor, de las y los diputados que asistieron a la reunión.
En ese sentido, tanto actas de nacimiento como certificados de las mismas cuyos datos de identificación se mantienen intactas, incluso más allá de la vida de la persona registrada, deberán ser mantener su vigencia salvo en casos específicos en los cuales, exista algún error o corrección de los nombres.
“Al extinguirse el lapso señalado, podría considerarse una afectación directa a los derechos de la persona registrada, ya que se le impide realizar algún trámite con posterioridad a la vigencia impuesta arbitrariamente sin ninguna justificación legal por parte de la autoridad en cuestión”, señaló la diputada.
FUENTE: LA VERDAD NOTICIAS