Aguascalientes y Michoacán se unieron a la tendencia nacional contra los ‘narcocorridos’, al prohibir la realización de espectáculos públicos que promuevan o hagan apología de actividades delictivas.
Esto pese al rechazo de la propia Presidenta, Claudia Sheinbaum Pardo, para promover dicha restricción a nivel nacional.
Fue en el marco de la Feria de San Marcos que el 16 de abril el congreso hidrocálido aprobó la reforma al Código Penal del Aguascalientes que sanciona con hasta un año de cárcel o multas superiores a los 100 mil pesos a quienes infrinjan la ley.
LEER ¿DÓNDE VER LA PASIÓN DE CRISTO DE MEL GIBSON? DISPONIBLE EN NETFLIX ESTA SEMANA SANTA
VER VIDEO DE MACRO TOOLOK: https://www.facebook.com/Macronews/videos/627337556832174
Por su parte, ese mismo día el gobernador de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla, firmó un decreto para prohibir a nivel estatal los espectáculos públicos donde «se interprete música que haga apología a la violencia, a grupos de la delincuencia organizada y personajes perseguidos por autoridades personales y estatales».
Así incrementa las entidades que han tomado cartas en el asunto contra el género que, incluso, ya entró en el radar del gobierno de Estados Unidos (EEUU).
Chihuahua, el primero en restringir narcocorridos
En julio del 2023, Chihuahua se convirtió en uno de los pioneros en prohibir la apología del delito en espectáculos públicos. Y fue el cantante de corridos tumbados, Natanael Cano, quien ‘estrenó’ las regulaciones y multas tras presentarse el 22 de septiembre del mismo año como parte de su gira Tumbado Tour.
A través de un comunicado, el municipio informó que el intérprete de éxitos como Madonna (2024) o Mi Bello Ángel (2023) había sido multado con más de un millón de pesos por interpretar «contenido musical que hace apología al delito, así como contenido que promueve la violencia contra la mujer y propicia su denigración, discriminación y exclusión».
Las acciones contra el cantante obedecieron, por una parte, al «Reglamento de Justicia Cívica», en cuyo artículo 34 se considera una infracción la «interpretación y/o reproducción de contenidos musicales, videos o imágenes que hagan apología del delito o de los autores de hechos ilícitos en espectáculos públicos, artísticos o de variedad» aprobados por el municipio.
El incumplimiento de la normativa conlleva dos tipos de sanciones: arresto de 25 o 36 horas, o multas económicas de 6 mil 500 a 12 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente— al 2025, equivalente a 735 mil 410 y un millón 357 mil 680 pesos, respectivamente.
Dicho monto podrá duplicarse en caso de que el sujeto acreedor haya sido sancionado por los mismos actos dentro de los últimos cinco años.
Fuente: https://www.milenio.com/policia/que-estados-sancionan-los-shows-con-narcocorridos-y-cual-es-la-multa