Este año y como los anteriores se llevará a cabo el reparto de utilidades, sin embargo este 2021 tendrá una nueva modificación que beneficiará aún más a los trabajadores de las empresas que hayan recibido ganancias durante este año.
¿Qué es el reparto de utilidades?
“Es un derecho constitucional que tienen las y los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrecen“, según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
¿Cuándo se reparten las utilidades?
Los trabajadores de una persona moral (empresa) deberían de recibir su dinero antes del 30 de mayo, y para quienes trabajan para una persona física (patrón) lo recibirán antes del 29 de junio.
¿A quiénes les toca reparto de utilidades y a quiénes no?
Las personas que estén contratados con todas las prestaciones de ley tendrán que recibir sus utilidades netas y si ya han laborado con dicha empresa más de 60 días, sin embargo la empresa tendrá que haber recibido 300 mil pesos o más de ganancias para poder hacer dicho reparto. Las personas que trabajen únicamente por honorarios, no podrán recibir sus utilidades.
¿Dónde puedo reportar que no recibí mis utilidades?
A través de la Profedet se puede solicitar una inspección a la empresa donde trabajas. Y en caso de asegurar que la empresa infringió la Ley Federal del Trabajo, podría ser acreedor de multas que van desde los 50 hasta los 5000 salarios mínimos.
Cambios en la Ley Federal del Trabajo
Con el nuevo límite a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), se tendrá que modificar el artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, agregando la fracción VIII, lo cual quedaría así: “El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador”.
FUENTE: El Universal