MÉXICO.- El pasado 23 de abril, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma la Ley Federal del Trabajo y otras legislaciones como la del IMSS y el Infonavit en materia de subcontratación de personal para entrar en vigor al día siguiente de su publicación.
El nuevo mecanismo para el cálculo de las #utilidades en torno al #outsourcing ha generado algunas dudas, Rolando Silva, especialista fiscal del Colegio, menciona cómo debe de manejarse el tope de tres meses de sueldo. Vía @contribuyente_.https://t.co/cj1fhLRA5H
— Colegio de Contadores Públicos de México (@colegiocpmexico) May 13, 2021
Por contener vicios de inconstitucionalidad, es viable recurrir al juicio de amparo en contra de la reforma legislativa que prohíbe la subcontratación de personal, esquema laboral conocido como outsourcing, afirmó Ricardo Mendoza, director legal de Despacho Pérez Góngora y Asociados.
«Resulta abiertamente inequitativo, pues no existe justificación constitucional que soporte la decisión consistente en que el decreto entre en vigor en plazos distintos para el sector privado y el sector público».
Pero a diferencia de las empresas, que tendrán que adoptar sus preceptos en un plazo de 90 días posteriores a la publicación de reglas por parte de la STPS, la prohibición del esquema de subcontratación en el sector Gobierno será hasta el 1 de enero del 2022.
«Lo anterior, entre otros elementos, permite que los contribuyentes promuevan juicio de amparo contra leyes alegando dicha inconstitucionalidad y solicitando al juez federal competente el otorgamiento de suspensión provisional y definitiva, en aras de suspender los efectos del decreto hasta el 1 de enero del 2022», aseguró Mendoza.
Con base en el Artículo Primero Transitorio de dicho Decreto, dijo, éste entraría en vigor el día siguiente de su publicación, con excepción de lo previsto en los artículos Cuarto, Quinto y Sexto, mismos que entrarán en vigor el 1 de agosto del 2021.
«No obstante, se prevé que para efectos de la administración pública, el nuevo régimen entrará en vigor hasta el 1 de enero del 2022, lo que resulta abiertamente inequitativo», advirtió Mendoza.
Advirtió que el plazo para promover demanda de amparo indirecto termina el 7 de junio próximo.
FUENTE: NOVEDADES