Uno de los programas sociales otorgados por el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Bienestar, es el de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad, el cual proporciona un apoyo económico bimestral de 3 mil cien pesos.
Con este programa el Estado busca eliminar las barreras de exclusión y discriminación que enfrentan millones de personas, incluyendo niñas y niños. Es así que se pretende mejorar el ingreso monetario de las personas con discapacidad permanente para que lograr la vigencia efectiva de los derechos de quienes viven con esta condición.
Es así que las personas que presentan una discapacidad permanente tienen la posibilidad de acceder a un apoyo económico que mejore sus finanzas y contribuya al pago de sus gastos básicos.
¿Quiénes pueden recibir la pensión?
Este programa social se otorga a niñas, niños y jóvenes de 0 a 29 años de edad; personas de 30 a 64 años de comunidades indígenas o afromexicanas y a quienes viven con un alto o muy alto grado de marginación.
Para ser entregado el apoyo, se debe designar a una persona mayor de edad, familiar de la persona con discapacidad permanente, ya sea su madre, padre, hermano, cónyuge o persona con la que viva en concubinato, tutora o responsable de sus cuidados, incluso alguien con quien no tenga parentesco alguno para que se determine como ‘Persona Adulta Auxiliar’, quien le brindará ayuda durante la gestión de su apoyo económico.
Fechas del próximo pago de la Pensión para el Bienestar
A través de la red social X, la secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel Reyes, compartió el calendario completo en el que se realizarán los pagos correspondientes al bimestre de septiembre y octubre de 2024 para personas con discapacidad pertenecientes al programa de pensión para el bienestar del Gobierno de México.
El calendario de pagos contempla entregar el apoyo económico de 3 mil cien pesos a partir del lunes 2 y hasta el sábado 21 de septiembre a sus derechohabientes. De acuerdo a la primera letra de su apellido paterno recibirán el depósito de su pensión, el cual contempla las siguientes fechas:
- Letra A: lunes 2 de septiembre.
- B: martes 3 de septiembre.
- C: 4 y 5 de septiembre.
- D, E, F: viernes 6 de septiembre.
- G: 7 y 9 de septiembre.
- H, I, J, K: martes 10 de septiembre.
- L: miércoles 11 de septiembre.
- M: 12 y 13 de septiembre.
- N, Ñ, O, P, Q: sábado 14 de septiembre.
- R: miércoles 18 de septiembre.
- S: jueves 19 de septiembre.
- T, U, V: viernes 20 de septiembre.
- W, X, Y, Z: sábado 21 de septiembre.
Las fechas contempladas en este calendario también forman parte de la entrega de los apoyos económicos de Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y el Programa de Apoyo para el Bienestar de Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras, por lo que en caso de contar con alguno de estos dos programas también recibirán ese día el depósito a través de su tarjeta del Banco del Bienestar.
Requisitos para inscribirse al programa
Las personas con discapacidad interesadas en recibir la Pensión para el Bienestar, deben presentar la siguiente documentación en original y copia:
- Acta de nacimiento.
- Identificación oficial vigente: ya sea credencial para votar, pasaporte, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio no mayor a seis meses o constancia de residencia de la autoridad local.
- Documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad permanente.
Si desean obtener más información o inscribirse al programa, pueden visitar los Módulos de Atención de la Secretaría del Bienestar o consultar su sitio web oficial.