¿Usas tu celular para transferir dinero o pagar el internet? A partir del 23 de marzo, deberás permitir que el banco obtenga tu ubicación cada que hagas estas operaciones desde tu dispositivo móvil.
Según una nueva regulación para los bancos, cada vez que uno de sus usuarios haga cualquier transacción con dinero o abra una cuenta, la institución deberá registrar el punto geográfico en donde se hizo, además de almacenar este dato.
Con esta acción, de acuerdo con las autoridades, se busca prevenir la comisión de delitos como lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
Sin embargo, la organización Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) advierte que es una medida desproporcionada para los usuarios y pondría en riesgo la privacidad.
Lo que dice la norma
La regulación fue publicada en 2019 en el Diario Oficial de la Federación y, tal como lo menciona, los apartados sobre geolocalización entrarán en vigor a partir del 23 de marzo del 2021.
Según estas disposiciones, los bancos sólo pueden permitir operaciones remotas, como operaciones con celulares y laptops, una vez que obtengan “el dato relativo a la geolocalización” del usuario, es decir, su ubicación geográfica.
Esto también aplicará cuando las personas quieran abrir una cuenta o celebrar un contrato desde su celular: desde el dispositivo tendrán que compartir su ubicación en tiempo real con la institución bancaria.
Al día de hoy, los bancos ya tienen un expediente de cada uno de sus usuarios, el cual contiene información como el nombre, domicilio y CURP.
Una fuente en el sector financiero, explicó a Animal Político que los datos de geolocalización se quedarán bajo resguardo del banco mientras mantenga relación con el cliente, y al menos diez años después de que haya concluido el contrato con el usuario.
“Los bancos están obligados a obtener y conservar la geolocalización en tiempo real del dispositivo a través del cual, sus clientes o usuarios, aperturen cuentas o celebren contratos, así como aquellos mediante los que realicen operaciones o servicios”, indicó la Asociación Mexicana de Bancos (AMB) en un comunicado del 17 de febrero.
Rodrigo Brand, director de la asociación, dijo en entrevista con Radio Fórmula que no se obtendrá la localización continua de los usuarios y que esta medida dotará de una capa extra de seguridad, pues se podrá corroborar si efectivamente fue el usuario quien hizo una transacción.
“La geolocalización se realiza para las operaciones. A nosotros como banco no nos interesa saber dónde están nuestros clientes las 24 horas del día, lo que nos interesa saber es que el cliente, quien está realizando la operación, es efectivamente el cliente y el dispositivo que nosotros tenemos registrado”, aseguró.
La asociación señala que los clientes primero deberán dar consentimiento en sus dispositivos y, si es el caso, actualizar o brindar permisos para que los bancos puedan tener acceso a esta información.
De hecho, es un requisito para poder utilizar estos servicios, consideró el experto legal en plataformas digitales financieras consultado por Animal Político.
Luis Fernando García, director de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), criticó que sea una condición: “Lo que está diciendo es: o me das la geolocalización o no puedes acceder al servicio. No hay una verdadera posibilidad de elegir una alternativa distinta, no hay una elección real”.
Las aplicaciones para dispositivos Android de Bancomer, Citibanamex y Santander ya incluyen en su lista de permiso el “acceso a la ubicación precisa” basada en la red y el GPS, de acuerdo con una revisión de la Google Play.
Lo que implica dar tus datos
Para el director de R3D, se trata de “una medida sumamente riesgosa, peligrosa y que afecta el derecho a la privacidad”. “Puede revelar aspectos sumamente íntimos de una persona como su domicilio y lugares que frecuenta, además de que consideramos que es innecesaria, totalmente desproporcionada”, señala.
De acuerdo con el especialista, se van a generar bases de datos con localización geográfica de millones de usuarios, a los cuales las autoridades podrían tener acceso sin algún control judicial o podrían ser robados por ciberdelincuentes.
En la misma regulación, la disposición número 54 establece que los bancos están obligados a proporcionar a la Secretaría de Hacienda “toda la información y documentación que les requiera”.
Sin embargo, el especialista financiero señala que “para que una persona se allegue de esta información tiene que existir un oficio que nos giren, una orden judicial, para que el banco pueda estar en posibilidad legal de compartir esa información”.
Aunque esta medida solo impactará en el 16.8% de la población que utiliza banca en línea, según la ENDUTIH 2019, García agrega que a estos millones de personas y sus movimientos “ni son sospechosos ni son delincuentes”.
FUENTE: Animal Político