Redacción Macronews por Renán Moguel.- La delegación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que el plazo para que las empresas presenten su Declaración Anual 2025 concluye el 31 de marzo de 2026, por lo que invitó a las personas morales a cumplir a tiempo con esta obligación fiscal.
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La dependencia explicó que las personas morales sin fines de lucro tuvieron como fecha límite el 16 de febrero para presentar su declaración del ejercicio, mientras que los demás regímenes establecidos cuentan con plazo hasta el 31 de marzo del presente año.
Información que deben presentar las empresas
Para cumplir con este trámite, los contribuyentes deberán llenar los formularios disponibles en la nueva plataforma, donde se integran datos relacionados con los pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio fiscal.
También deberán reportar información como:
- Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada en el ejercicio.
- Retenciones efectivamente pagadas, como ISR por sueldos y salarios, asimilados, arrendamiento y RESICO.
- CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
- Remanentes de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo, entre otros.
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Requisitos para enviar la declaración
La delegación local del SAT señaló que, en caso de requerir modificar ingresos u otros datos precargados, será necesario presentar declaraciones complementarias.
Cuando exista saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después de realizar el pago; mientras que, si el saldo es en ceros, el sistema reflejará la actualización en 24 horas.
Además, para enviar la declaración es indispensable contar con la e.firma vigente y tener servicio de banca electrónica, ya que, si se genera un saldo a pagar, este deberá cubrirse mediante transferencia en bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.























