Reparto de Utilidades en México: ¿Cuánto es el dinero que me toca recibir?
La Profedet remarca que el 30 de mayo es la fecha límite para recibir el pago de utilidades.


Sobre este último punto, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) es la que viene alertando a los trabajadores para que estén atentos y hagan valer sus derechos. Por tal motivo, en su portal web y redes sociales, la entidad recuerda que el 30 de mayo es la fecha límite para recibir el pago de utilidades.
Pago de utilidades en México
Desde la Profedet remarcan en primera instancia que “las utilidades son un derecho, no un favor” y desde allí parten para hacer referencia a este derecho que se encuentra establecido en el artículo 123 de la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo. Por lo tanto, le corresponde a todas las personas trabajadoras.
“El derecho al reparto de utilidades consiste en recibir una parte de las ganancias obtenidas por la empresa o el patrón por la actividad productiva o los servicios ofrecidos durante el año anterior”, destaca un informe difundido por la Profedet. Además, añade que “este reconocimiento es una muestra del valor que tiene tu labor en la generación de ingresos para las empresas”.
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Dinero a recibir y fechas importantes
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recuerda que, según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, las compañías deben repartir a los empleados el 10 por ciento de las ganancias que haya obtenido durante el último año. Por lo tanto, se trata de un momento que se establece en base a la Declaración Anual que la empresa llevó a cabo ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Por otro lado, hace referencia a las fechas establecidas para el reparto de utilidades en 2025. En este sentido puntualizó que del 1 de abril al 30 de mayo el pago de utilidades se realiza a quienes trabajan para una empresa y que, del 1 de mayo al 29 de junio, se abona a quienes trabajan para una persona física.
¿A quiénes corresponden las utilidades?
- • Personas trabajadoras activas.
- • Ex trabajadores, de planta o eventuales, que hayan laborado al menos 60 días en el año.
- • Personas con incapacidad temporal.
- • Madres trabajadoras en licencia de maternidad.
- • Padres que hayan hecho uso del permiso de paternidad.
- • El monto se calcula en dos partes: una en función de los días trabajados y otra con base en los salarios percibidos durante el año.
Atención al trabajador
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) advierte a los trabajadores que en caso de dudas o si no recibieron sus utilidades en el plazo correspondiente, pueden acudir a la entidad en donde serán atendidos de forma gratuita:
- • Oficina central: Dr. José María Vértiz 211, Col. Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.
- • Teléfonos: 8009117877 y 8007172942
- • Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
- • Oficinas de la Profedet: de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.
Además, aclara que aunque no es necesario que en su primera visita presenten documentación, sería de apoyo traer los siguientes documentos:
- • Identificación oficial (por ejemplo, tu INE)
- • Número de Seguridad Social del IMSS.
FUENTE: REPORTE INDIGO