El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó a los contribuyentes sobre las actualizaciones y mejoras implementadas para la presentación de la declaración anual de personas físicas, entre las que se encuentra la optimización de formularios para que puedan cumplir con sus obligaciones fiscales.
La dependencia tributaria recordó a los contribuyentes que el periodo para presentar la declaración anual en 2025, y que corresponde al periodo fiscal del año pasado, tienen hasta hasta el próximo 30 de abril, por lo que instó a realizarlo a tiempo.
Requisitos
Entre los requisitos para presentar la declaración anual es necesario contar con:
Contraseña
E.firma activa
Ente los formularios que la autoridad optimismo se encuentran los siguientes:
Para quienes tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), se cuenta con información precargada de pagos mensuales en los apartados de ingresos, devoluciones, descuentos y bonificaciones, impuesto sobre la renta (ISR) retenido por personas morales y pagos mensuales efectuados durante el ejercicio.
Para las personas que regresaron a tributar al Resico, del Régimen de Actividad Empresarial y Servicios Profesionales y Arrendamiento, se creó un campo para acreditar los pagos que hayan realizado bajo el régimen correspondiente.
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En el caso para los ingresos por el Régimen de Arrendamiento se incluyó un campo para acreditar el ISR retenido por Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (Fibras).
Para los datos de nómina se incorporó un apartado para detallar, por régimen, el monto de los Sueldos, salarios y asimilados deducibles, así como la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU).
En la sección “Pago” el organismo optimizó el campo “Monto pagado con anterioridad”, ahora se muestra precargado el monto de la primera parcialidad al elegir la opción de pago en parcialidades del ISR a cargo.
Asimismo, la dependencia dijo que la declaración anual es una obligación para las personas que obtengan ingresos por las siguientes actividades; sueldos y salarios, además de servicios profesionales.
Para el primero de estos se deben tener los siguientes requisitos:
Si trabajaron para un solo empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.
Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.
Si trabajan para dos o más empleadores de manera simultánea.
Los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener, además obtuvieron ingresos por indemnización.
Mientras que servicios profesionales se encuentran, actividades empresariales. Incluye plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
Arrendamiento de bienes inmuebles, enajenación o adquisición de bienes, intereses o dividendos.
Fuente: https://www.milenio.com/negocios/sat-optimiza-formularios-presentar-declaracion-anual-2025