El Senado de la República aprobó por unanimidad la minuta de la “Ley Olimpia”, para castigar con hasta seis años de prisión y multa a quien exhiba, distribuya o comercialice videos, audios o imágenes con contenido íntimo en plataformas de internet o redes sociales sin autorización de la persona, y cuando su difusión cause algún daño emocional, psicológico o en su vida privada.
El dictamen modifica la minuta enviada por la Cámara de Diputados. Se incluyó la “violencia digital”, como una modalidad de agresión contra mujeres, niñas y adolescentes.
La ley toma su nombre a partir del movimiento que inició en 2014 la joven poblana Olimpia Coral, luego de que su expareja difundiera en internet un vídeo íntimo. Hasta hoy, 25 estados de la República han legislado para castigar la violencia digital.
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Kenia López, afirmó que la violencia que se vive en internet, particularmente en redes sociales, difundida a través de celulares o computadoras, es un tipo de violencia que, “en muchas ocasiones, ni siquiera tiene un rostro del agresor”.
“Pero, ojo, si tiene una cuenta en Twitter, o en Facebook, o en Instagram, o en YouTube. Es esa violencia que hoy lastima a millones de mujeres“.
La pena de prisión podría llegar a nueve años si el contenido del material difundido orilla a una mujer a quitarse la vida; si quien lo difunda tuvo una relación afectiva con la víctima o cuando la persona a la que se le atribuyen las imágenes, audios o videos íntimos no sea realmente quien aparezca, con el fin de dañarla.
Esto, como un esfuerzo por frenar la denominada “pornovenganza” o la difusión sin consentimiento de imágenes íntimas, también conocidas como “packs”.
La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género del Senado, Martha Lucía Micher, consideró la aprobación del dictamen como una deuda “con todas las mujeres, niñas y adolescentes, que han sido víctimas de estas modalidades de violencias, (de las que) yo también he sido víctima, y cuyos casos no han prosperado por la falta de tipificación del delito”.
El dictamen aprobado incorporó el término violencia mediática. Este se comete cuando, desde un medio de comunicación, se reproduzcan estereotipos o lenguaje sexista, se fomente la desigualdad entre mujeres y hombres, o se haga apología de la violencia contra niñas y mujeres.
“Los medios de comunicación y digitales promueven la violencia de género y también exponen estereotipos sexistas. Han sido una fuerte influencia en la naturalización de este tipo de violencia, al reproducir estos modelos que refuerzan la cultura de la violencia hacia las mujeres. ya no más. Hoy, a partir de lo que vamos a hacer aquí esto se tiene que acabar”, dijo la senadora del Partido Verde, Verónica Camino.
La minuta avalada por el Senado fue devuelta con cambios a la Cámara de Diputados.
FUENTE: Aristegui