Corte avala reforma en Coahuila, pero la decisión divide al Pleno; ministras afines a la 4T critican la «frivolización» del voto.
Ciudad de México, 24 de noviembre de 2025 – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió un precedente significativo en materia electoral al validar la inclusión de la fotografía de los candidatos en las boletas de votación. Esta decisión, aunque aprobada por una ajustada mayoría, desató un debate acalorado en el Pleno sobre la esencia del voto y la equidad en la contienda.
Por un margen de cinco votos contra cuatro, el Pleno de la Corte avaló el proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía, que reconoció la validez del artículo 203 del Código Electoral de Coahuila.
Los Argumentos a Favor: La Relevancia del Candidato
El ministro Giovanni Figueroa Mejía defendió que la imagen del candidato no constituye propaganda electoral ni viola el principio de equidad. En respuesta a las críticas, ironizó: “Si el rostro de las candidatas y candidatos viola el principio de equidad en la contienda electoral, entonces que las personas candidatas hagan campaña usando máscaras”.
El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, quien votó a favor, secundó el argumento al destacar que en la era digital la figura del candidato ha adquirido una relevancia innegable. «En lo que favorezca a contribuir a que el votante tenga las mejores condiciones para tomar la decisión, será bienvenido», puntualizó.
La Crítica de la 4T: Voto vs. ‘Reality Show’
La decisión fue fuertemente criticada por ministras afines a la Cuarta Transformación, quienes impugnaron la medida bajo el argumento de que frivoliza la competencia electoral y atenta contra el principio de equidad.
La ministra Lenia Batres Guadarrama señaló que sustituir el modelo tradicional de boleta por los rostros de las personas quitará su contenido político al voto, individualizándolo al extremo.
La ministra María Estela Ríos González fue más allá, afirmando que incluir las fotos transformará la elección en un «reality show, como la Casa de los Famosos», argumentando que en México se debe votar por plataformas políticas y no por la persona. «Es incorrecto y yo creo que sí tenemos que darle valor a las plataformas políticas», comentó.
La discusión derivó de acciones de inconstitucionalidad interpuestas por los partidos Morena, Partido del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano contra las reformas de Coahuila. La decisión de la SCJN sienta un precedente que podría ser adoptado por otros estados en futuros procesos electorales.













