REDACCIÓN MACRONEWS.– El Capitán de Puerto de Chetumal y Bacalar, Román Bustos Gómez, sostuvo una reunión con prestadores de servicios náuticos para informar sobre los avances en la publicación de las Reglas Generales de Navegación de la Laguna de Bacalar, que entrarán en vigor una vez que sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
El funcionario explicó que la Capitanía se encargará de todo lo relacionado con la navegación, mientras que las medidas de protección ambiental corresponden a instancias federales, estatales y municipales, debido a que incluyen acciones integrales como: contención de escurrimientos provenientes de Campeche, control de agroquímicos, reforestación para reforzar barreras naturales, drenajes, plantas de tratamiento de aguas residuales y, sobre todo, fomentar una mayor conciencia ciudadana.
Aclaró que la dependencia se sumará dentro de sus atribuciones a las disposiciones ambientales emitidas por otras autoridades, con la intención de coadyuvar en el cuidado del medio ambiente.
Las nuevas reglas establecen disposiciones mínimas de seguridad para la navegación de todo tipo de embarcaciones, así como medidas para el uso de atracaderos, rampas y botaderos. Además, será obligatorio que todas las embarcaciones que naveguen en la Laguna cuenten con un ejemplar de dichas reglas.
Bustos Gómez precisó que las normas se diseñaron con base en el conocimiento de investigadores locales, aunque podrán modificarse si es necesario.
Las cinco zonas delimitadas para navegación en la Laguna de Bacalar:
Zona 1 – Navegación con precaución: Desde la línea de costa hasta 50 metros hacia el centro de la laguna. Área para bañistas y maniobras de atraque y zarpe de embarcaciones menores de recreo y deportivas. Velocidad máxima: 7.4 km/h.
Zona 2 – Navegación a baja velocidad: Para embarcaciones de todo tipo, con una velocidad máxima de 18.52 km/h.
Zona 3 – Navegación de remolque recreativo: Para actividades como esquí acuático, con circulación en sentido de las manecillas del reloj. Velocidad máxima: 37 km/h.
Zona 4 – Navegación de motos acuáticas: Permitido el uso de motos acuáticas, con circulación en sentido de las manecillas del reloj. Velocidad máxima: 37 km/h.
Zona 5 – Restricción a la navegación: Incluye “Los Rápidos” (canal que conecta Bacalar con Xul-Há) y el “Canal de los Piratas”. En Los Rápidos se restringe la navegación a embarcaciones a motor y vela. En el Canal de los Piratas, únicamente se permitirá la navegación con embarcaciones de propulsión a motor autorizadas por la Capitanía.
Finalmente, el capitán señaló que existen áreas sensibles señalizadas con boyas, donde no se permite acceso a embarcaciones ni a bañistas. Reconoció además el trabajo coordinado de organizaciones civiles en la colocación de estas boyas y reiteró la disposición de la Capitanía para apoyar estas acciones.