Para evitar la evasión del Impuesto al Hospedaje por parte de plataformas digitales, la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) realizará durante abril la inspección y verificaciones a los particulares que ofrecen sus viviendas como centros de hospedaje.
La titular de la dependencia, Yohanet Torres Muñoz, dijo que dos plataformas y sus miles de particulares que ofrecen como centros de hospedaje sus viviendas, son susceptibles de ser verificados e inspeccionados para evitar que evadan el pago del 3% de Impuesto al Hospedaje.
“La reforma que nosotros propusimos y entró en vigor el 1 de marzo, habla de la obligación que tienen de solicitar la inscripción de los anfitriones a la plataforma, la cual ya se encuentra en la página de la Sefiplan”, indicó.
Recordó que desde el 1 de marzo, quienes brinden este servicio de hospedaje, deben darse de alta en el Registro de Anfitriones en Línea de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) para obtener su constancia, documento que deberán presentar ante las plataformas digitales para poder anunciarse.
“Tenemos todo el derecho para hacer todas las inspecciones necesarias para hacer cumplir la ley y, pues, estamos en un proceso de inicio; yo creo que es muy temprano para dar un veredicto de que sí está caminando o no está caminando; pienso que es muy poquito tiempo, tenemos que esperar que vayan reaccionando”, dijo.
Sin embargo, Torres Muñoz consideró que se les dará un plazo para obtener sus constancias, aunque advirtió que en el siguiente mes iniciarán con la revisión, tanto en el padrón de contribuyentes, como el listado de anfitriones que han reportado ambas plataformas que operan en Quintana Roo.
Además de que trabajarán en coordinación con las autoridades de Turismo, y empresarios del sector para que sus anfitriones se regularicen y estén registrados y cumplan con las obligaciones que se estipulan dentro de la Ley.
“Tienen la obligación los anfitriones de que se registren, yo creo que entre todos ya estaremos en contacto con la Secretaría de Turismo y empresarios para trabajar y regularizar la situación”, refirió.
La funcionaria comentó que en los últimos dos meses, la recaudación por este concepto fue de poco más de nueve millones de pesos, y que verificarán a partir de abril la variación, compulsando con la creciente oferta que se mantiene en los anuncios por internet, para garantizar que todos cumplan con su compromiso fiscal del 3% del Impuesto al Hospedaje
Explicó que las reformas a la Ley del Impuesto al Hospedaje que entraron en vigor a partir de este año, están encaminadas a tener un padrón, a través del Registro de Anfitriones, que debe coincidir con la base de datos de las plataformas.
Lo que dice la ley
De acuerdo con la ley, las obligaciones que tiene que cumplir, en la retención del impuesto, las personas físicas y morales que intervengan con el carácter de intermediarios, promotor, facilitador en el cobro de las contraprestaciones por servicios de hospedaje a través de plataformas digitales y en caso de que se cobre por este medio, está obligada a retener y enterar el impuesto a las personas a las que se preste el servicio de hospedaje utilizando las formas autorizadas por la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan).
El registro del Anfitrión, cuando el servicio de hospedaje se brinde a través de un anfitrión, éste deberá solicitar su inscripción ante el Registro de Anfitriones en línea por cada uno de los establecimientos en donde se brinde el servicio de hospedaje.
Para lo cual los anfitriones, deberán obtener su constancia que lo acredite como tal, o través del Registro de Anfitriones en línea dispuesto por la Sefiplan.
En el padrón de Anfitriones: La plataforma digital que intervenga en el cobro de las contraprestaciones por servicio de hospedaje, deberá proporcionar a la Sefiplan su padrón de Anfitriones con base en las reglas que al efecto emita ésta.
De lo anterior, se advierte que las personas que se ubiquen en los supuestos establecidos en el presente decreto, deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el mismo, incluyendo la de pagar el impuesto contenido en dicha ley a razón del 3%.
FUENTE: QUEQUI