En una revisión del expediente 186/2024, el juez penal federal Juan Manuel Acevedo Mejía dictó cinco medidas contra Edmundo Hernández Armas, quien en 2022 orquestó una campaña de amenazas y difamación en redes sociales contra el periodista Pedro Canché.
La sentencia incluye la obligación de barrer durante diez sábados el parque o mercado público de Felipe Carrillo Puerto.
El caso se remonta a 2022, cuando Hernández Armas utilizó su cuenta de Facebook para difundir fotografías del domicilio de Pedro Canché, director de Noticias Pedro Canché y Noticias Cancún, instando a delincuentes a visitarlo. Además, realizó fotomontajes del periodista con una supuesta menor de edad para desacreditarlo. Todo esto fue en respuesta a una publicación que involucraba a su patrón, Alberto Millar López, quien fue acusado de despojar a un anciano de cuatro hectáreas de terreno en Cancún.
Hernández Armas, residente de Valladolid, Yucatán, recibió 10 mil pesos de Millar López para llevar a cabo esta campaña de difamación. A pesar de las evidencias, el agresor enfrentó solo el proceso penal tras ser localizado por agentes de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), dependiente de la Fiscalía General de la República (FGR).
En la audiencia, Hernández Armas confesó su culpabilidad ante el juez Acevedo Mejía, quien decidió suspender condicionalmente el proceso a cambio de cumplir con cinco medidas en un plazo de seis meses:
1. Disculpa pública: Edmundo Hernández Armas ofreció una disculpa en la Sala Penal y se comprometió a publicarla en sus redes sociales donde difundió las amenazas y difamaciones. “Me disculpo por todo lo que dije y lamento, Pedro Canché, lo que puse sin pensarlo”, expresó a las 14 horas del lunes 24 de febrero.
2. Servicio social: Deberá prestar servicio social barriendo el parque o mercado público de Felipe Carrillo Puerto durante diez sábados.
3. Curso sobre Libertad de Expresión: Hernández Armas deberá tomar un curso sobre Libertad de Expresión impartido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
4. Residencia fija: No podrá cambiar de domicilio y deberá residir en Valladolid durante los seis meses, presentando un comprobante domiciliario.
5. Prohibición de contacto: Deberá evitar cualquier contacto con la víctima, tanto en redes sociales como en persona.
El juez penal otorgó seis meses para que Hernández Armas cumpla con estas medidas; de lo contrario, el proceso penal continuará de manera regular. Esta sentencia subraya la importancia de la responsabilidad en el uso de las redes sociales y el respeto a la libertad de expresión.
FUENTE: QUINTA FUERZA