En sentencia definitiva, el Juzgado Octavo de Distrito declaró legal el retiro anticipado en cuatro municipios de la concesión del suministro de agua potable a favor de Aguakan, el cual no logró obtener el amparo que promovió a finales de 2023 con el que logró detener temporalmente la prestación del servicio.
El lunes 14, el juzgado federal sentenció en contra de Aguakan dentro del juicio de amparo indirecto 1323/2023 promovido por la empresa contra el decreto 195, aprobado por el Congreso del Estado de Quintana Roo por el retiro anticipado de la concesión, pactado hasta el año 2053.
El pasado 26 de marzo el juez Octavo de Distrito celebró la audiencia constitucional que finalmente dio paso a la sentencia, tras una dilación procesal de 14 meses por recursos que impuso la empresa para alargar el pleito.
La concesionaria, propietaria de la sociedad mercantil Desarrollos Hidráulicos de Cancún, aún está en el plazo de 10 días hábiles para presentar el recurso de revisión y llevar su pleito a una segunda instancia, en este caso a algún Tribunal Colegiado de Circuito de Quintana Roo, o incluso, promover una atracción ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El juez federal Mario Fernando Gallegos León, titular del Juzgado Octavo de Distrito, sentenció a más de un año que la empresa concesionaria inició el pleito contra diversas autoridades de Quintana Roo.
En el análisis de los agravios presentados por la defensa de Aguakan y plasmados en la sentencia de amparo, cuya copia fue consultada por Grupo Pirámide, se aprecia que el juez federal determinó no otorgar el amparo debido a diversas violaciones realizadas por la empresa.
Se detalla que incumplió la relación contractual de entrega de la concesión al abandonar diversas zonas de los municipios donde tenía la obligación de prestar el servicio.
Para ello, el juzgador se valió de diversas denuncias presentadas por usuarios y algunas publicadas por medios de comunicación; además de inspecciones realizadas por dependencias estatales y federales, como la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), por violaciones del derecho al medio ambiente sano.
“En conclusión, al no quedar demostrada la ilegalidad atribuida al Decreto 195 reclamado, lo que procede es negar a la parte quejosa (…), sociedad anónima de capital variable, por conducto de su apoderado (…), la protección de la Justicia Federal solicitada”, se lee de manera contundente en la sentencia de amparo 1323/2023, con lo cual se le negó la protección de la Justicia de la Unión.
Historia de un pleito legal
En diciembre de 2023, sorpresivamente los integrantes de la anterior legislatura aprobaron el retiro anticipado de la concesión del suministro del agua potable pactado hasta 2053 en cuatro municipios: Playa del Carmen, Benito Juárez, Puerto Morelos e Isla Mujeres.
Inmediatamente Aguakan respondió con una demanda de amparo que lo benefició con una suspensión provisional mientras se resolvía el juicio. La medida la obtuvo antes de la conclusión de 2023.
En enero del año pasado, la empresa ganó la suspensión definitiva, a la par que promovió diversos recursos para alargar el pleito. El Gobierno de Quintana Roo acusó de un presunto fraude procesal.
De manera paralela, socios y directivos de la empresa promovieron amparos contra órdenes de detención.
A finales del año pasado se supo que fueron por denuncias por lavado de dinero, pues en 2014, para ganar la concesión, se entregó a la entonces administración estatal, un recurso de más de mil millones de pesos presuntamente provenientes de recursos ilícitos.
Tras la presentación de diversas pruebas, tanto a favor, como en contra, a principios de este año, el juicio de amparo en cuestión se “destrabó” por lo que el juez federal tuvo vía libre para terminar de resolver el proceso legal, que finalmente concluyó con la sentencia contra Aguakan.
La empresa aún está en tiempo de apelar. Se espera que promueva en los siguientes días el recurso de revisión ante el mismo juez federal que le negó la protección legal, para remitir su asunto ante un Tribunal Colegiado de Circuito.
Mientras tanto, en mayo, los socios y directivos tienen programada una audiencia de formulación de imputación y vinculación a proceso por el delito de lavado de dinero, la cual determinará su situación.
FUENTE: GRUPO PIRAMIDE