LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ANALIZAN IMPUGNACIONES SOBRE LEYES DE MOVILIDAD Y AMBIENTE EN QUINTANA ROO
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tendrá que resolver dos asuntos cruciales relacionados con la legislación en Quintana Roo, específicamente las impugnaciones presentadas contra la Ley de Movilidad y la Ley de Protección al Ambiente de la entidad.
Ambas acciones legales fueron promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), cuyas demandas de invalidez han sido incluidas en la agenda del tribunal constitucional para su pronta resolución. Los proyectos correspondientes a cada norma han sido asignados a los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alberto Pérez Dayán, respectivamente.
Este análisis se genera luego de la reciente anulación de la Ley de Consulta a Pueblos Indígenas y Afroamericanas.
Movilidad y Protección al Medio Ambiente, temas a revisar en la SCJN
En detalle, el primer asunto, registrado bajo el número de expediente 155/2023, se refiere a la demanda de invalidez ante la SCJN, solicitando la anulación del artículo 151, fracción IX, de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, promulgada el 28 de abril pasado. Dicho artículo establece los requisitos para obtener el permiso de conducción en el transporte público o privado de pasajeros a través de plataformas tecnológicas o digitales, destacando la necesidad de presentar una carta de no antecedentes penales.
En cuanto al expediente vinculado con la nulidad de la Ley que establece la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo, publicada en el Periódico Oficial el 7 de junio de 2023 mediante el Decreto 078, se busca anular un artículo que regula la reintegración y el debido proceso.
Esto, debido a que los mencionados artículos violan los derechos de igualdad y no discriminación, así como el acceso a cargos públicos, al excluir injustificadamente a ciertas personas de ocupar dichos cargos públicos.
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«Quienes han sido sancionados en algún momento de su vida por la comisión de un delito, si ya cumplieron con la pena que les fue impuesta y la conducta ilícita cometida no guarda relación estrecha con las atribuciones a desempeñar, deben tener la posibilidad de ocupar empleos públicos en igualdad de circunstancias que las demás personas», se lee en el documento de impugnación.
CON INFORMACIÓN DE: LA VERDAD