Empresarios de los hoteles en Quintana Roo siguen inconformes con las regulaciones sobre rentas vacacionales recientemente publicadas en la Ley estatal de Turismo, por lo que impulsan más requisitos como solicitar obligatoriamente el permiso de los vecinos del fraccionamiento o condominio para poder alquilar un inmueble a través de plataformas tipo Airbnb.
En caso de que los vecinos no estén de acuerdo con la operación de una renta vacacional en su edificio o zona, los propietarios no podrían alquilar su inmueble.
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El argumento principal, detalló Miriam Cortés Miranda, directora de la Asociación de Clubes Vacacionales de Quintana Roo (Acluvaq); se encuentra que muchos vecinos no están de acuerdo en que al lado de sus casas se rente u oferte un Airbnb porque buscan vivir en zonas 100 por ciento urbanas y familiares.
“No quiero que me llegue una familia y pasado mañana me llegue una despedida de soltero con un reventón y después, pues quién sabe. O sea, eso sí lo tenemos más que verificado: que las cosas feas de la explotación infantil están pasando ahí, no en la hotelería: está pasando en la renta vacacional”,
afirmó Miriam Cortés Miranda, directora de la Asociación de Clubes Vacacionales de Quintana Roo (Acluvaq).
Esta propuesta, aseguró, la están haciendo extensiva a los tres órdenes de gobierno, pero es con el municipal que se tiene un mayor avance, pues con la nueva reglamentación emanada de la Ley General de Turismo, corresponde a los ayuntamientos emitir normas en este tema.
Dijo que, incluso, están planteando que, si las rentas vacacionales no cuentan con el uso de suelo adecuado para explotar comercialmente una propiedad; no se les debe permitir operar.
Quintana Roo pone más candados para operar un Airbnb
Apenas en 2024 se aprobó una nueva Ley General de Turismo, entre cuyas reformas se incluye la obligatoriedad para los prestadores de servicios turísticos de estar inscritos en el Registro Estatal de Turismo de Quintana Roo, definiendo con toda claridad quiénes son los sujetos obligados, así como otros términos, como si es no plataforma digital, qué es un alojador o un anfitrión.
Bajo este glosario de términos se incorporan candados que garantizan que las plataformas digitales, o, mejor dicho, las ofertas que se suben a estas plataformas; deban tener su constancia de registro ante el Retur-Q.
La ley también refuerza la obligatoriedad para que quienes renten sus casas a través de estas plataformas, cuenten con su licencia de funcionamiento municipal.
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También se incorporan obligaciones en el aspecto de seguridad, como contar con una anuencia de Protección Civil para poder operar como renta vacacional, lo cual implica contar con extintor, botiquín y exhibir números de emergencia en los inmuebles en renta.
La reforma aprobada también otorga las atribuciones suficientes para promover la prevención, combate y erradicación de la trata de personas y de la explotación sexual contra niñas, niños y adolescentes en el contexto de viajes y turismo.
Esto, mediante la obligación de quienes rentan sus inmuebles de solicitar a sus huéspedes la comprobación del parentesco de sus acompañantes, en caso de que se trate de menores de edad.