Si una mujer responde en defensa propia y lesiona de gravedad a su agresor o lo asesina, no deberá recibir una sanción penal significativa.
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El Congreso de Quintana Roo avaló la legítima defensa para mujeres que son víctimas de violencia, mediante una reforma al Código Penal.
A propuesta del Partido del Trabajo (PT), el Congreso modificó el artículo 20 para permitir a las mujeres el uso legal de la fuerza para repeler un ataque que ponga en peligro su integridad o vida.
El diputado Hugo Alday Nieto aseguró que esta reforma facilitará la protección de derechos de mujeres que se defienden de un acto de violencia, como pueden ser física, sexual o feminicida.
“Cuando es aplicada por cualquier persona, son catalogadas como homicidio, y las mujeres terminaban recibiendo prisión preventiva, incluso condenadas de acuerdo con la sanción que los tipos penales contempla, cuando la realidad es que actuaron en defensa propia”, dijo.
La reforma establece que cuando una mujer responda en defensa propia y lesione de gravedad a su agresor, no se deberá aplicar sanciones penales significativas en su contra, siempre y cuando las investigaciones correspondientes confirmen que su respuesta fue una reacción a una agresión dirigida en su contra.
Estos cambios al Código Penal también se aplicarán a aquellas personas que, al atestiguar cualquier acto de violencia que pongan en riesgo la vida de una mujer, intercedan a favor ella para repeler el acto violento. Quedó establecido que no podrán ser acreedores de sanciones, en caso de causar lesiones e incluso la muerte al agresor.
“Es importante que desde la perspectiva de género se logre prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra de las mujeres en el estado, así como los principios y las modalidades para garantizar su acceso una vida libre de violencia”, añadió el diputado Alday.
FUENTE: LA VERDAD NOTICIAS