CIUDAD DE MÉXICO. – En un fallo histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó este jueves la suspensión definitiva que permitía a Grupo Xcaret utilizar elementos del patrimonio cultural maya en su publicidad turística. Con una mayoría de 7 votos contra 2, el Pleno determinó que la protección del patrimonio cultural de los pueblos originarios tiene una jerarquía superior al interés comercial privado. La resolución se fundamenta en la reforma constitucional del 30 de septiembre de 2024, que reconoce la autonomía de los pueblos indígenas sobre su propiedad intelectual colectiva. Aunque la defensa de la empresa argumentó poseer un contrato de 15 millones de pesos con el Gran Consejo Maya de Quintana Roo, la Corte determinó que dicho acuerdo no representa el consentimiento de las 1,024 comunidades mayas que habitan en toda la Península de Yucatán. 
Claves de la Resolución:
La Orden: Grupo Xcaret deberá retirar toda la simbología maya de su publicidad mientras se resuelve el juicio de fondo.
El Fundamento: El derecho de los pueblos indígenas a decidir libremente sobre su patrimonio y propiedad intelectual.
El Debate: Se desestimó el contrato de transición por 5 años, al considerar que un solo consejo no representa a la totalidad del pueblo maya en Campeche, Yucatán y Quintana Roo.
Alcance: Este fallo sienta un precedente para cualquier empresa que utilice elementos culturales de pueblos originarios con fines de lucro.



















