La principal trascendencia de la reforma de ley para garantizar el libre acceso a playas y Áreas Naturales Protegidas de todo el país será el establecimiento de multas y sanciones para quienes obstaculicen o impidan el ejercicio de este derecho, como hoteles.
Si bien el libre acceso a las playas ya es un derecho consignado en las leyes, debe haber reformas para que existan mecanismos que obliguen al cumplimiento de este precepto y eso es lo que plantea la reforma que pronto será votada en el Senado, así lo comentó Mauro Carmona Díaz de León, presidente de la Barra de Abogados de Quintana Roo.
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“Lo que estamos esperando con esta reforma es que haya sanciones o multas a quienes incumplen el derecho de garantizar el libre acceso a las playas; la reforma que ya está aprobada en la cámara de diputados justo lo que plantea es que haya multas y sólo falta que se ratifique en el Senado”.
El abogado consideró necesaria esta reforma pues insistió en que el derecho de libre acceso a las playas ya está consagrado en la Ley de leyes generales de Bienes Nacionales, pero se necesita un añadido de sanciones contra quienes no cumplan este precepto, como los hoteles en el caso de Quintana Roo.
La reforma a la que hace referencia el presidente de la Barra de Abogados de Quintana Roo es la aprobada el pasado 1 de septiembre para garantizar el libre acceso a playas y áreas naturales protegidas de todo el país, así como para prohibir la imposición de cobros, cuotas o condiciones restrictivas para su ingreso.
Se trata de diversas reformas a las leyes generales de Bienes Nacionales y del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente que fueron aprobadas por la Cámara de Diputados.
Este dictamen, derivado de una iniciativa de Ricardo Monreal, líder de Morena en San Lázaro, plasma que el acceso a las playas marítimas y a la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas será libre, gratuito y permanente para todas las personas sin distinción de origen, nacionalidad o condición social y no podrá ser inhibido, restringido obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que establezcan otras Leyes о los reglamentos administrativos.




















