Las personas físicas tienen la oportunidad de realizar deducciones personales conforme a los lineamientos establecidos.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) fijó abril como el mes para que sus contribuyentes presenten la Declaración Anual del ejercicio fiscal 2024 y, como todos los años, tienen derecho a disminuir sus gastos personales.
Las deducciones solamente son efectivas si se cuenta con la factura de cada uno de los servicios adquiridos y pagados mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o cheque nominativo.
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Pero, ¿qué se puede deducir ante el SAT en la Declaración Anual 2024?
De acuerdo con el SAT, las personas físicas pueden deducir gastos médicos, gastos funerarios, donativos, colegiaturas, gastos de transporte escolar, aportaciones complementarias al retiro, cuentas especiales y personales para el ahorro, primas de seguros de gastos médicos y créditos hipotecarios.
A continuación una lista con las especificaciones de cada rubro:
- Gastos médicos: honorarios médicos, dentista, psicología, nutrición, enfermería, tratamientos, gastos por incapacidad o discapacidad, gastos hospitalarios, medicinas incluidas en facturas por hospitalización, análisis clínicos, estudios de laboratorio, prótesis, compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación y lentes ópticos graduados.
- Gastos funerarios: el servicio puede ser para el contribuyente, su cónyuge o concubina(o), así como para padres, abuelos, hijos y nietos.
- Donativos: deben ser no onerosos ni remunerativos, otorgados a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación. El límite es hasta 7% de los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta 4% para los otorgados a la Federación.
- Colegiaturas: el monto pagado por cada hijo no debe superar los límites anuales por nivel educativo: preescolar, 14 mil 200 pesos; primaria, 12 mil 900 pesos; secundaria, 19 mil 900 pesos; profesional técnico, 17 mil 100 pesos y bachillerato o su equivalente, 24 mil 500 pesos
- Transporte escolar: únicamente es válido en los casos en que su pago sea obligatorio o esté incluido en la colegiatura.
- Aportaciones complementarias al retiro: son tomadas en cuenta únicamente las realizadas directamente a la subcuenta.
- Cuentas especiales y personales para el ahorro: son los depósitos que tengan como base un plan personal relacionado con edad, jubilación o retiro, cuyo monto no exceda de 152 mil pesos en el año.
Primas de seguros de gastos médicos: deben ser independientes de los servicios de salud públicos, cuyos beneficiarios sean tanto el contribuyente como su cónyuge, concubina(o), ascendientes o descendientes en línea recta. - Créditos hipotecarios: intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras.
Es importante tomar en cuenta que las deducciones personales no pueden superar el monto de las cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales del ejercicio a declarar o el 15% del total de los ingresos. La excepción a esta regla son gastos médicos por incapacidad y discapacidad, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas.
Quiénes no puede deducir gastos ante el SAT
No todas las personas físicas registradas como contribuyentes del SAT pueden realizar deducciones personales. Se trata de un beneficio al que no pueden acceder aquellos que tributaron en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) durante el ejercicio 2023.
Cabe recordar que quienes estén inscritos en el régimen RESICO están exentos de realizar la declaración anual por los ingresos correspondientes, ya que sus pagos son mensuales, para los cuales cuenta con beneficios como cálculo automático de impuestos, facilidades administrativas y tasas mínimas de ISR.
Fuente: https://www.reporteindigo.com/nacional/SAT-Que-gastos-puedes-deducir-en-tu-Declaracion-Anual-2024-20250411-0028.html