COORDINADOR DE MORENA RICARDO MONREAL RECONOCE ERRORES DE CONTENIDO EN LA REFORMA AL PODER JUDICIAL DE AMLO; ALISTAN PROYECTOS PARA CORREGIRLOS
El coordinador de la bancada de Morena en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal Ávila, reconoció que hay contradicciones en la Constitución derivado a la entrada en vigor de la reforma al Poder Judicial promulgada el 15 de septiembre, lo cual no fue previsto durante el estudio de la reforma en las sesiones del Congreso de la Unión ni en la mayoría de los Congresos locales que también la aprobaron.
El diputado Monreal Ávila aseguró que actualmente un grupo de trabajo se encarga de realizar las correcciones correspondientes y que posteriormente se enviará una iniciativa de reforma para ajustar estas incongruencias que surgieron con la aprobación de la reforma promovida por el exmandatario López Obrador.
“Esas aparentes contradicciones se van a resolver. Obviamente existe, pero la forma de elección ahora con la ley secundaria tiene un procedimiento muy amplio para determinar todo un proceso (…). Eso lo vamos a resolver pronto, con una reforma a la Constitución aclarando eso, se va a hacer, se está en estudio ahora, estamos viéndolo en un grupo de trabajo, porque todo este tipo de cosas que surgen de la aplicación de este mecanismo nuevo se está resolviendo”, dijo a los medios de comunicación.
Pese a que la reforma fue estudiada y aprobada por el oficialismo, ninguno de los legisladores se percató que la aplicación del renovado Artículo 94 depende de lo establecido en el Artículo 97, que sufrió de ajustes, pero dejó intacto un párrafo que habla de la renovación de la presidencia del máximo tribunal de justicia.
“La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, Ministras y Ministros, y funcionarios en Pleno. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcance mayor votación”, se lee en el Artículo 94.

Aunque en el Artículo 97 se estipula que la presidencia de la SCJN se elegirá cada cuatro años: “Cada cuatro años, el pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior”.
