PAGOS POR COLEGIATURAS Y TRANSPORTE ESCOLAR SON DEDUCIBLES DE IMPUESTOS: SAT

Redacción Macronews por Renan Moguel.— El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las personas físicas que, en este regreso a clases, los pagos por colegiaturas y transporte escolar (cuando este sea obligatorio o se incluya en la colegiatura) son conceptos deducibles en la declaración anual.
El SAT precisó que este beneficio aplica para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa, o para el mismo contribuyente.
El monto deducible de las colegiaturas varía según el nivel educativo cursado en instituciones privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, conforme al padrón de escuelas que emiten comprobantes fiscales. Los límites anuales de deducción son los siguientes: preescolar, 14 mil 200 pesos; primaria, 12 mil 900 pesos; secundaria, 19 mil 900 pesos; profesional técnico, 17 mil 100 pesos; bachillerato o su equivalente, 24 mil 500 pesos.
Para obtener este beneficio, la factura debe incluir el complemento de colegiaturas emitido por la institución educativa, donde se desglose el pago de colegiaturas y transporte escolar.
Además, el pago debe realizarse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente, o con tarjeta de crédito, débito o de servicios. La deducción no procede si el pago se realiza en efectivo.
En el Visor de Deducciones Personales se pueden consultar los requisitos que deben cumplir estos gastos para ser prellenados en la declaración anual.



















