Ante la creciente cifra de llamadas de broma al 065 (Cruz Roja) y 066 (Seguridad Pública), se aprobó el 11 de diciembre el Decreto 239, pero fue ocho días después que se publicó en el Periódico Oficial del Estado, esto relacionado con el uso indebido de los números de emergencia.
Alejandro López Díaz, titular del Centro de Inteligencia y Comando (C-2) de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito en Benito Juárez, dio a conocer que al día se llegan a registrar hasta mil 200 llamadas a los números de emergencias, pero el 66 por ciento resultan falsas o para insultar a los operadores telefónicos.
Asimismo, López Díaz dijo que anualmente son por lo menos 430 mil llamadas al 065 o 066 las que se registran, esto sólo en Benito Juárez.
Esta situación genera pérdidas económicas, desgaste de las unidades y de horas hombre. El funcionario, agregó que a esto se le suma el riesgo que corren terceras personas así como el personal policiaco, Bomberos, Cruz Roja y Protección Civil, que están expuestos a accidentes de tránsito por atender una de estas bromas.
Se sabe que son por lo menos 200 horas hombre las que se pierden diariamente por atender falsas alarmas, además de varios miles de pesos en combustible y refacciones de las unidades por el desgaste.
Por su parte, Juan Pedro Mercader Rodríguez, secretario estatal de Seguridad Pública, dio a conocer que en los 10 municipios son poco más de tres millones de llamadas al año las que reciben los operadores del Centro de Computación, Control y Comando mejor conocido como “C-4”, de estas el 70 por ciento resultan erróneos.
“Desde que se aprobó el decreto en el Periódico Oficial del Estado, se aplica en todo Quintana Roo, vamos a establecer con la Procuraduría General de Justicia del Estado los procedimientos para castigar y esperamos que así se frenen las llamadas de bromas”, dijo Mercader Rodríguez.
castigo a bromistas
Desde el 19 de diciembre del 2014 se hizo oficial y en el Capítulo VII del Artículo 1 del Código Penal del Estado, señala sanción de seis meses a dos años de prisión a los que hagan llamadas ficticias además de 50 a 500 salarios mínimos.
Mientras que el Artículo 2 establece que si hay reincidencia se aplicará de dos a cuatro años de cárcel y multa de 500 a mil salarios mínimos, finalmente el tercero menciona que si por consecuencia de un reporte falso se pone en peligro la vida de una persona o de los mismos se impondrá de tres a cinco años de prisión y multa de 200 a 500 salarios mínimos.
Cuando la acción es cometida por menores de edad, se aplicará la sanción apegada a la Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Quintana Roo, afirmó el funcionario de Seguridad Pública estatal.
Lo anterior entró en vigor desde el pasado 19 de diciembre.
(Fuente La Verdad)